Hola, buenos días.
Me gustaría si alguien me puede orientar en sobre si el acreditar que el contenido de un documento emitido desde una administración no se corresponde con la realidad, puesto que sus datos no han sido comprobados ni cotejados, para que se efectivamente se considere que ese documento es falso. Aplicando por tanto el delito de falsedad en documento público.
Y, si alguien sabe, desde el registro de un ayuntamiento es posible dar el número de registro que corresponde a un documento para que otros funcionarios, desde otras dependencias, lo estampen sobre un documento?????????
Si se miente en documento público, evidentemente es falsedad documental.
En cuanto a lo segundo, supongo que estamos hablando de registro dentro de la misma Administración, ¿no? El número de documento es el mismo dentro de la misma Administración, otra cosa es que tenga número de entrada/salida de cada departamento. Pero desde que entra desde "fuera", tiene un solo número de documento circule por donde circule dentro de esa Administración.
El contenido no se corresponde con la realidad. Existen documentos que así lo demuestran y avalan. Documentos que, incluso se ha reconocido, no se cotejaron, ni se comprobó de ningun modo la información.
El número de documento -supongo- será el mismo. Pero.....es posible desde otras dependencias imprimir un documento, estamparle el sello del registro, ponerle las firmas escaneadas, etc.????????
No da la sensación de un poco de chanchullo??????? Por decir algo......
Si es un documento con numero de registro, de entrada y salida, no es precisamente porque ha pasado por el REGISTRO???????????????????????????
Si se imprime desde otro sitio, y en otro sitio otro funcionario le pone los sellos y demás, qué garantía hay de ese documento????????