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Fallo de sentencia

2 Comentarios
 
29/08/2013 11:21
Dice contribución en concepto de alimentos o de gastos extraordinarios.
Va a depender de la redacción como le indican. En cualquier caso, siendo custodia compartida, los gastos extraordinarios, también lo son, debiendo estar de acuerdo ambos en los mismos. Un saludo.
28/08/2013 20:44
Creo que habría que conocer la totalidad de la sentencia para pronunciarse sobre la cuestión que plantea.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Fallo de sentencia
28/08/2013 13:41
Hola, me encuentro en una situación incómoda. Hace un año conseguí la custodia compartida, pero surgen varias dudas tras las acciones de mi exmujer después de todo este tiempo. EL Fallo señala: "la contribución de los progenitores a lo0s alimentos de sus hijos comunes, se fija en xxx euros mensuales la contrib paterna a los alimentos de los dos menores, cifra q será entregada a la Sr. xxxxxx para su administración, quien asumirá con tal importe y su propia contribución los recibos escolares y actividades extraescolares de los menores, corriendo a cargo de cada uno de los progenitores los demás gastos alim de los hijos comunes cuando los tengan en su compañía"
Significa esto q además tengo q pagar de más por las colonias? libros? cubriendo yo el gasto total de los niños? o ella tiene q aportar su parte? está incumpliendo el fallod e la sentencia??
gracias por todo