Buenas:
el ayuntamiento publicó una convocatoria de ayudas a la creación de empresas. La solicitud sólo se podía presentar en la sede electrónica del ayuntamiento habilitada al efecto y con un plazo hasta las 12 horas del 24 de Septiembre. No había otra forma de presentarla. Sólo sede electrónica. La cuestión es que mi acceso a la sede electrónica fue imposible, pues cada vez que lo intentaba, el sistema daba un error. Lo hice mal porque apure mucho el plazo; pero la cuestión es que sí lo hice dentro de él; sin embargo el colapso de la sede IMPIDIO QUE MI SOLICITUD ENTRARA. Envie un email indicando que la sede me devolvía mi solicitud y nada de nada, que me han contestado hoy con un escaso mensaje casi elaborado por defecto :SOLICITUD FUERA DE PLAZO; y me he llevado el berrinche del siglo. El funcionamiento del la sede impidió que pasara mi solicitud. Y a la vista de lo que me han contestado me quedo helado. ¿tengo alguna opción para defenderme y que sea admitida mi solicitud, pues fue la sede la que falló. muchas gracias
En principio sí tendría base para sustentar una reclamación. El problema está en que la sede judicial es cara y tediosa.
Le invitamos a que pida cita en el consistorio, ante la concejalía correspondiente, y les explique de forma presencial lo que ha sucedido; sin perjuicio de dejar constancia de ello por escrito.
Si el ayuntamiento recibiera más quejas al respecto, posiblemente adoptaría una resolución de forma inmediata.
muchas gracias por su orientación. Me presenté en persona y antes de nada me contestaron y con cierto sarcasmo ES EL PRIMER CASO QUE SE DA EN TODO EL TIEMPO DE VIGENCIA DE LA SEDE. ES IMPOSIBLE LO QUE USTED ESTÁ COMENTANDO Y NO HAY UNA SOLA SOLICITUD CON EL MISMO PRO BLEMA. EL PLAZO ESTA ACABADO". Me siento indefenso. Estoy haciendo un escrito y aportanto las pruebas que tengo. Las pantallas que pude captar con el mensaje de la sede de que "intentelo en otro momento". De verdad muchas gracias por su orientación..
Yo, a la vista que la sede electrónica no recibía la solicitud, hubiera hecho una por el registro de entrada manual, al que no se pueden negar.
Incluso dudo de que esa única forma de presentación sea legal.
Nadie está obligado a tener ordenador, para poder presentar un escrito de solicitud.
Algo no huele bien en este asunto.
LA cuestión está justamente en demostrar que la Sede falló, tema algo complicado.
Lo peor es que en caso de darte la razón la única solución válida que se me ocurre es anular todo el proceso ya que siempre estás a expensas de que alguien reclame posteriormente alegando el mismo problema.
Y si, es perfectamente legal que sólo valga la presentación por medios telemáticos. Como las declaraciones y comunicaciones de las empresas con Hacienda que sólo pueden realizarse por esa vía.