hola a tod@s, espero que alguien pueda orientarme en el siguiente asunto: se trata de un proceso monitorio en el que ya se ha despachado ejecución frente al demandado y el INSS en contestación a un oficio remitido en orden al embargo de la pensión comunica el fallecimiento del demandado. Mi pregunta es ¿que paso debo tomar para seguir el proceso respecto a los herederos si únicamente se conoce la identidad de su esposa? el art. 16 LEC no me resulta claro. Gracias y un saludo.
Puedes pedir que se oficie al Registro Civil y te informen de los hijos del difunto y, como llamados a la herencia, requerirles a ellos y a la esposa directamente de pago, por si cuela o compelerles a aceptar la herencia o a repudiarla. Igualmente puedes pedir que se oficie al Ministerio de Justicia para que aporte el Certificado de Ultimas Voluntades y, despues, al Notario para que aporte el testamento y requerir a los herederos.
Si la aceptan, tiras contra ellos. Si no, entiendo que puedes ir contra los bienes de la herencia ya que el heredero legal es el Estado, a beneficio de inventario.