Suscribo la respuesta de Leonjbr: aunque es necesario ver el contrato, casi seguro que será de tres años de prórroga forzosa ampliable a un cuarto año si no media preaviso resolutorio.
Y si, lo pueden vender incluso con usted dentro, pero el plazo del contrato se deberá respetar.
Examine si tiene tanteo o retracto en el contrato, si le interesa.
1.- Sería imprescindible ver el contrato para poder darle una respuesta segura.
2.- Pero lo mas probable es que pueda quedarse un año mas de prorroga y luego ya se termine el contrato.
3.- Los caseros pueden vender el piso con inquilinos dentro.
Tengo un contrato de alquiler desde hace tres años. La propietaria era una señora mayor que acaba de fallecer. Uno de los hijos me he comunicado por teléfono que debo irme del piso porque lo quieren vender. Quisiera saber que derechos tengo para continuar con el piso. ¿Cuanto tiempo puedo quedarme en el piso por ley en esta situación ¿Los herederos pueden vender el piso con inquilino?. Gracias