Un saludo y gracias de antemano. La cuestion por la que me comunico con vosotros es la siguiente, mi padre falleció en julio y era el titular de un contrato de arrendamiento (con fecha de 1961) de renta antigua. Para que mi madre siga disfrutando de su vivienda me han comentado que debo informar a la propietaria de lo ocurrido atraves de un burofax donde debo incluir copia del certificado de defuncion y del certificado literal de matriminio. ahora vienen las preguntas:
*¿es correcto el trámite a seguir?
*¿es esto una subrogación?
*a la hora de redactar el burofax ¿que leyes tengo que referenciar?
*¿debo pedir acuse de recibo y copia certificada?
Muchas gracias
Es correcto el trámite y hazlo cuanto antes pues tienes tres meses para hacerlo desde la fecha de fallecimiento. Efectivamente es una subrogación a favor de la viuda del inquilino. No hace falta referenciar niguna Ley, en todo caso decir que se le notifica a la propiedad de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
El burofax lo remites con acuse de recibo y certificación de su contenido, y el propio correso certifica como si se tratase de un notario de lo que tu le indicas a la propiedad, dándote posteriomente una copia.
Hola turpin. Le han aconsejado de forma acertada y correcta,pero voy a ampliar un poco dicha información:
1) Si su MADRE aparecía como ARRENDATARIA(es decir, COARRENDATARIA) en el contrato de arrendamiento NO sería necesario que iniciara ningún trámite,pues al ser COARRENDATARIA NO se produciría una SUBROGACIÓN.
2) Si su MADRE NO aparecía como ARRENDATARIA(es decir, COARRENDATARIA) en el contrato de arrendamiento,su madre debe enviar al Arrendador dentro de los 90 días siguientes a la fecha de defunción de su marido( el padre de usted) un borofax con ACUSE DE RECIBO y CERTIFICACIÓN DE CONTENIDO en el que conste:
1) Los datos personales de su madre(Nombre, Apellidos, DNI y dirección).
2) Los datos personales de su PADRE(Nombre, Apellidos, DNI y dirección).
3) La relación que les unía(marido y mujer).
4) Relatar que su padre ha fallecido y manifestando la fecha de defunción.
5) Hacer referencia a la DISPOSICION TRANSITORIA SEGUNDA B), APARTADO 9,que se remite a su vez al art 16 LAU 1994.
6) Ofrecer un principio de prueba como, por ejemplo, copia del certificado de matrimonio.
Al citado BUROFAX deberán acompañarle copia CERTIFICADO REGISTRAL DE LA DEFUNCIÓN Y DE LA IDENTIDAD DEL SUBROGADO(su madre).
Si cumple con estos requisitos su madre QUEDARÁ SUBROGADA en el contrato de Arrendamiento.
Muchisimas gracias por vuestras respuestas. La verdad que son momentos que no te apetece realizar muchos papeleos, pero no paras de hacerlos. Gracias otra vez.