Efectivamente. Estoy con dogos2005, en lo unico que puedes tener problemas es en disponer del dinero, segun cada banco, te pueden pedir ademas la aceptación de la herencia. Si el finado tenia fondos de Inversión, y quieres hacerlo efectivo, tardaran algo mas y te cobrar comisión por cancelación. Pero bueno esto es segun lo vayas viendo.
Te digo los pasos que yo he hecho respecto a la muerte de mi madre...
1º La aseguradora te da el certificado de defunción (tambien lo consigues en el Registro Civil)
2º Con este certificado tienes que pedir certificado de ultimas voluntades y certificado de seguros de vida (en el mismo sitio los dos)
3º Con el certificado de ultimas voluntades, donde te sale el notario donde hizo el ultimo testamento, lo pides.
4º Con el certificado de defunción y el testamento vas al banco donde te haran un certificado del capital que habia el dia del fallecimiento y sobre lo que tendrás que pagar los impuestos correspondientes.
Una vez que los hayas pagado, puedes disponer del dinero del banco. Mientras tanto el banco te lo tiene bloqueado.
Te desgrava los gastos de defunción, residencia geriatrica (si hubiera estado).
Espero haberte informado correctamente
Lo primero si no habéis hecho es solicitar el certificado de últimas voluntades ó defunción y si dices que solo han transcurrido tres días del fallecimiento, creo que tardan en torno a los diez días en faciltarlo.
A la liquidación has de acompañar al menos el certificado de defunción, no siendo necesario haber otorgado la escritura de aceptación y adjudicación de herencia.
ok ese es el impuesto que tienes que pagar en 6 meses de plazo desde el fallecimiento de la persona no?
Otra cosa y gracias por responderme, se puede pagar dicho impuesto, sin todavía estar echa la divición orizontal? o sea en otras palabras, puede pagarse dicho impuesto, sin tener arrglado todo el papeleo como certificado de defunción, últimas voluntades ect...
El banco no dejará disponer del dinero de tu padre mientras no se le acredite el pago o la exención en el impuesto de sucesiones, pues de lo contrario el banco resulta responsable subsidiario del pago del impuesto.
Ya bueno de eso se trataba, de que me orientaceis un poco del por qué de la cuestión.
Y que se puede o que pasos hay que seguir para poder acceder al dinero de las cuentas.
Pues eso mi padre a fallecido hace unos 3 dias, y estamos intentado sacar dinero de sus cuentas y en todos los cajeros a los que bamos, nos dice que tiene problemas. El parte de defunción todavía no les a llegado (el parte que hace la aseguradora para luego entregarlo al banco). No sabemos si la cuenta está bloqueada, ya que al parecer es el titular el que tiene acceso a esa información, y tampoco queremos levantar sospechas asta que dicho dinero sea retirado. Cabe destacar, que en una de esas cuentas (son dos) está junto con el mi madre (divorciada de el), y digo yo que si ella también es titular ¿no puede ella retirar el efectivo de al menos esa cuenta?
Otra cosa que trámites hay que seguir para poder acceder al dinero de sus cuentas (que al fin y al cabo son de nosotros sus hijos), por que el banco, en el caso de estar enterado de su fallecimiento, no nos deja sacar el efectivo?