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FADIE retira su recurso

26 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 26 comentarios
20/03/2012 14:12
El presidente de FADIE, en huelga de hambre desde hace días en la Audiencia Provincial de Cádiz, ha publicado en otro foro que la asociación no ha retirado nada.

Aunque desconozco entonces en qué punto se encuentre el procesode reclamación ante la Consejería de Educación que se había iniciado, lo cierto es que este año en la matriculación de los niños y adolescentes (menores de edad) andaluces no se tiene en cuenta al progenitor "no custodio", que mayoritariamente resulta ser el "padre".

13/03/2012 13:16
Gracias mamaria,

yo tambien espero que lo que la jueza dicte sea lo mejor para los niños. Por lo demas estoy muy tranquila, he actuado como se debe..
13/03/2012 13:12
luisa32, vuelvo a darle la razón.
Muy "ilustrativa" la contestación que recibió al preguntar en el juzgado.

Únicamente discrepo en una cosa. Pues de haber seguido el "consejo" de aquella señora, seguramente no hubiera pasado nada, hasta que el padre de sus hijos no denunciara. Y muy probablemente incluso entonces no se le hubiera recriminado nada.

Son muchos los ejemplos que podríamos dar de incumplimientos de la patria potestad en los que a quien incumple no le ocurre ABSOLUTAMENTE NADA.

Con esto en absoluto quiero decir que sea lo que ha de hacerse. Lo que no entiendo es cómo se sigue actuando así, pues resulta contradictorio e incomprensible.

Espero que tenga la resolución en el plazo y que la decisión que reciba beneficie realmente a sus hijos.
Un saludo

13/03/2012 12:59
Ahora me queda tambien ver lo rapidos que van a ser para darme una solucion, porque la demanda la puse en noviembre de 2011 y el juicio a sido en marzo, las inscripciones para los centros escolares son del 19 al 29 de marzo... Tendra su señoria una respuesta antes de este plazo? O le llevo los niños a su casa y que ella les de clase? Quizas si no perdiera el tiempo en dar la bronca a la gente y estar media hora reunida con los abogados para intentar llegar a un acuerdo tendria mas tiempo para darnos la sentecia....
13/03/2012 12:55
Es todo una pantomima, es una autentica verguenza que en los juzgados se de prioridad a los juicios de faltas, uno que se a insultado con el otro, el vecino que no me deja dormir y me a tirado una jarra de agua...etc etc. Luego resulta que los menores a los que tanta proteccion se les tendria que da, estan en manos de "NADA" en manos de quien es el mas fuerte.

Intentas hacer las cosas bien y te encuentras con esto, he intentado por todos los medios llegar a un entendimiento con mi ex, y no ha habido forma humana, que queria esta señora??? lo que me recomendaron en el juzgado cuando fui a informarme y pregunte cuales eran los pasos a seguir para este tema. Sabeis cual fue la respuesta de la Srta que me atendio? que los inscribiera donde yo quisiera ya que tenia la custodia y que si el no estaba deacuerdo ya pondria la demanda.... Si yo le hago caso a esta señora que me hubiera dicho la jueza???? PORQUE SE SALTA USTED LA LEY??? QUE NO SABE USTED QUE ES LA PATRIA POTESTAD?
13/03/2012 12:30
Pues si luisa32, la situación que describe no parece resultar muy agradable. Y mucho menos "justa".

En mi opinión, la jueza hubo de limitarse a escuchar a las partes para actuar y decidir en consecuencia. Ése es el procedimiento, no el de "juzgar" a priori.

Más nisiquiera es ése el motivo que tienen muchos de los custodios cuando "se saltan" lo establecido por la ley en cuanto a la guardia y custodia.
La mayoría no lo hacen para evitarse juicios, sino porque, "simplemente", tienen la firme intención de ANULAR al otro.
Y, desgraciadamente, las administraciones, los procedimientos, la escasa profesionalidad de muchas y muchos...... se lo permiten y los respaldan.
Así de triste y lamentable.


13/03/2012 11:42
Te doy la razón luisa, has hecho bien, ojalá todos tuvieran el dinero suficiente para gastarlo en juicios, es eso lo que ellos quieren, pues ahí va, aunque se quejen... que pongan figuras de mediadores que eviten llegar a juicio para tratar esos temas, que hay mucho profesional y mucho paro y no hace falta un juez para todo.
13/03/2012 11:30
Lo triste de todo esto es que en mi caso, llevo meses intentando llegar a entendeme con mi ex para la escolarizacion de mis hijos, la nila tiene que cambiar de colegio al instituto y mi propuesta era X ademas de cambiar al niño al mismo centro que la niña para que fueran juntos y esto nos de facilidades a la hora de llevarlos recogerlos etc etc. Pues bien, mi ex me comunica desde hace varios meses que no esta deacuerdo con mi propuesta, y me dice que ponga en manos del juez este tema porque no llegaremos a un acuerdo.

Visto lo visto, pongo una demanda con abogado y procurador, creo que se llama "demanda de controversia en el ejercicio de la patria potestad" el juicio fue el pasado jueves y lo primero que tuvimos que aguantar de la jueza fue un "BROCAZO DEL QUINZE" su señoria nos dijo que era una verguenza que dos personas adultas no puedan ponerse deacuerdo en lo que es mejor para sus hijos y dejemos en manos de terceras personas estas decisiones.... Efectivamente tenia razon, pero yo no he puesto una demanda por gusto, la he puesto porque no quiero saltarme la ley (como hace muchisima gente) y si no te la saltas te bronquean y si te la saltas te cae un puro y no dejas al padre ejercer sus derechos...

A mi me da muchisima pena todo esto, y me da mucha pena en la forma que esta señora (jueza) se tomo un hecho tan importante como es el futuro de mis hijos, porque ni siquiera nos escucho a las dos partes, ni siquiera dejo exponer cuales eran las razones de cada uno. Como va a decidir esta señora que es lo mejor para mis hijos si no nos escucha. Donde esta el fiscal??? En todos los juicios que he tenido por divorcio, modificacion de medidas y este ultimo... NO ESTABA EL FISCAL??? porque?? pues segun tengo entendido, al ser un pueblo solo hay uno y esta en los juicios penales de faltas. Eso es mas importante que los menores???

Verguenza de pais!!
13/03/2012 10:39
Filip,
Me parece muy bien su decisión.
Espero que se haga "justicia" y consiga solucionarlo.
Cuéntenos si tiene noticias.

Estoy segura de que algún día cambiarán las cosas. Aunque me temo que a nosotros no nos llegue, se beneficiarán otros niños y otros padres que no habrán de pasar por lo mismo.

Gracias. Un saludo

13/03/2012 10:36
Hola Ingri,
Conocemos la normativa de Castilla La Mancha y la de alguna otra comunidad.
Lamentablemente no se aplica en todas por igual.
La que indica como de aplicación nacional, la desconozco. Pero, como le decía a PulpoPaul, una cosa es la teoría.... y otra la práctica.

En la práctica: a día de hoy, para este curso escolar, como ha sido para los anteriores, en la matriculación de los niños andaluces NO se tiene en cuenta la figura del progenitor no custodio.
Únicamente firma y se considera aquel que ostenta la guardia y custodia.

La patria potestad?????
Ni está ni se la espera.......

El resultado, insisto: niños perjudicados y desprotegidos!!
Pero a nadie parece importarle.
Un saludo


13/03/2012 10:28
PulpoPaul,
Los artículos que indica, junto con otras explicaciones y documentación relativas a la patria potestad y la situación concreta de mi marido fueron presentadas, y en varias ocasiones, al colegio, al defensor del menor o a la propia consejería de educación.
A él nunca se le ha negado su derecho (ni verbal ni mucho menos oficialmente). Pero lo cierto, la única realidad, es que la madre de su hijo le matriculará este año (si no lo ha hecho ya) sin que su padre sepa (y mucho menos opine) absolutamente nada al respecto.

Y ello porque el impreso de matrícula no recoge más que la firma del progenitor custodio.
No es que sea la única razón, pero si, a mi modo de ver, la que es determinante. De tal manera que si en ese impreso, al igual que ocurre en otras comunidades, contiene los datos y firma de ambos....esa madre no tendría más remedio que informar y pasar la matrícula para la firma del padre. Y personas como ella, que parece hay muchas, más de las que podría pensarse, de otro modo....nunca lo harán.

El defensor del menor....nos remite, por ejemplo, al defensor del pueblo de otra comunidad. La consejería....reconoce el derecho, nada más. Y tampoco ha tomado ninguna medida, por ejemplo, contra la directora que oculto información a mi marido sobre la asistencia del niño. La dirección del colegio...dice que no pueden hacer nada, pues el impreso es el que es, y el padre no aparece para nada.
Quizá haya un poco o un mucho de ignorancia, pues obviamente no se sabe todo. Pero aún conociendo mucho de los pormenores, aún conociendo determinadas cuestiones, no somos nosotros quienes podemos tomar las medidas. Les corresponde a otros. Y.....NO LO HACEN!!
Las ganas de denunciar a todos ellos, sin excepción, no nos faltan. Pero desgraciadamente nuestros recursos son limitados, y ya es bastante nuestro desgaste con los frentes que tenemos abiertos.
Provablemente de eso se valen. Y resulta indignante.

Gracias por su aportación. Saludos

12/03/2012 20:28
Este último entiendo que sí es aplicable a nivel nacional . Por lo tanto, debería ser exigible también en Andalucía.
12/03/2012 19:04
He encontrado el que buscaba:
http://apfs.es/ok/sites/default/files/normativa informacion escolar.pdf


12/03/2012 18:59
Os dejo una normativa de actuación en Castilla La Mancha, que pena que no sea válido en todas las comunidades. Yo creía haber leído que era aplicable en todas las comunidades autónomas:

http://bocyl.jcyl.es/boletines/2009/10/29/pdf/BOCYL-D-29102009-24.pdf

http://iesvegadelprado.centros.educa.jcyl.es/sitio/upload/divorcio.pdf

Un I.E.S.- Camino de Santiago (Burgos) se adhiere a la normativa establecida por Castilla La Mancha, lo mismo otras comunidades se han adherido a ello, os dejo el artículo.

103.4. Sobre la información a padres separados o divorciados, en el momento de la
aprobación del presente Reglamento, nos remitimos y transcribimos de forma literal la
siguiente normativa:
RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2009, de la Dirección General de Planificación,
Ordenación e Inspección Educativa por la que se establecen las pautas de actuación
de los centros educativos, sostenidos con fondos públicos, en los que se imparten
enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, en relación con el
derecho de las familias a recibir información sobre el proceso de aprendizaje e
integración socio-educativa de sus hijos y a la toma de decisiones relativas a sus
actividades académicas, en caso de separación o divorcio de los progenitores.
El artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la
Educación, modificado por la disposición final primera de la Ley Orgánica 2/2006, de
Educación, establece que los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o
pupilos, tienen derecho a estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración
socio-educativa de sus hijos.
12/03/2012 18:32
Hola:

Ciertamente pintan bastos en estos temas para los progenitores no custodios, especialmente los que intentan ejercer el noble arte de ser padre.

No obstante, observo, que también existe bastante desconocimiento, ese no saber qué hacer frente a estos temas y muchos otros en materia legal.

La primera regla de oro sería documentar todo muy bien, generar pruebas, sin ellas cualquier pretensión legal será indefectiblemente rechazada. No es decir me dijo y yo le dije que, de los dimes y diretes hay que dejar constancia, todo por escrito, oficial. Estos van a misa.

Por otra parte, una vez hecho acopio de las pruebas, si existen vías de demostrada o posible eficacia.
Algunas veces será la puesta en conocimiento de los hechos ante inspectoría de educación, otras ante la Agencia de Protección de Datos, otras aplicando las directrices ya existentes en materia de empadronamientos, otras aplicando el código penal. En este último caso, por ejemplo, nos hallamos con los artículos 404, 511 y 512 CP que dicen:

Artículo 404.

A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una
resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de
inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.

Artículo 511.

1. Incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro
meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres
años el particular encargado de un servicio público que deniegue a una persona una
prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su
pertenencia a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, SITUACIÓN FAMILIAR, enfermedad o minusvalía.

2. Las mismas penas serán aplicables cuando los hechos se cometan contra una
asociación, fundación, sociedad o corporación o contra sus miembros por razón de su
ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una
etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, SITUACIÓN FAMILIAR,
enfermedad o minusvalía.

3. Los funcionarios públicos que cometan alguno de los hechos previstos en este Artículo,
incurrirán en las mismas penas en su mitad superior y en la de inhabilitación especial
para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años.

Artículo 512.

Los que en el ejercicio de sus actividades profesionales o empresariales denegaren a una
persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o
creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual,
SITUACIÓN FAMILIAR, enfermedad o minusvalía, incurrirán en la pena de inhabilitación
especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio, por un período de uno
a cuatro años.

Y la patria potestad no es un concepto vacío de contenido, está definido y no sólo en la legislación sino aclarado en la jurisprudencia. Y dentro del concepto prestación están incluidas las peticiones que los no custodios realizan a los centros educativos. Incluso el simple hecho de negarse a facilitar el ejercicio de la patria potestad supone incumplir con una sentencia donde se estableció una patria potestad compartida, negarse es ir en contra de una resolución judicial. Pero, insisto, es básico en estos temas generar pruebas, conocer estas posibles vías y actuar.

A pesar de las circunstancias, se puede. No es tarea fácil, pero se puede, puedo dar fe de ello. Hubo un tiempo en que yo no tenía ni repajolera idea de muchas cuestiones, me las metieron redondas, cuadradas y triangulares, pero aprendí, cual poseso, y mucho. Y, lo más importante, de la teoría fui al acto, haciendo de mis hipótesis también teoría, adquisición de conocimiento por vía empírica, que también es válido. Con bastantes buenos resultados, sorprendentes en algunos casos, menudos cambios de actitudes, y eso que no puedo dedicar todo el tiempo que me gustaría y no puedo realizar muchas acciones simplemente porque ello requeriría ser un español normal residente en España, muchas acciones requerirían mi presencia constante en este país, un lujo que no me puedo permitir.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
12/03/2012 17:25
mamaria,llevas toda la razon en lo que comentas.
Pues,unos dias antes de remitirme por escrito su respuesta la delegacion correspondiente(tras 2 escritos mios en el plazo de 6 meses sin obtener respuesta alguna)y tras llamarme el delegado de zona y explicarme lo que habia le informe personalmente que mi siguiente paso al escuchar lo que me estaba diciendo era interponer una denuncia en el juzgado de guardia porque veia mis derechos como padre totalmente pisoteados que es lo que hice justo al dia siguiente.
A dia de hoy espero noticias del juzgado al respecto y si en unos dias no hay novedades me pasare personalmente a interesarme.
Un saludo y espero que esto cambien algun dia.
12/03/2012 16:18
Ya me parecía. Y lo siento, por usted y por su hijo.
Lamentablemente es una de las comunidades donde peor funciona todo esto.
Y también nosotros hemos tenido que oír comentarios que....parece mentira que vengan de quienes -se supone- velan por que se cumplan las leyes y los intereses de los niños.

No creo que el Señor Chamizo aporte mucha luz a su "porblema". Suelen limitarse a "contestar" muy correctos, pero sin decir absolutamente nada.
A nosotros una de las veces se nos remitió al defensor del pueblo de Madrid, cuando nuestra "queja" se trataba sobre un niño que vive en Andalucía, no en Madrid.
Ahora bien, lo que si hace es reunir todas las quejas de los padres que le llegan a este respecto, que ya le digo: son muuuuuchas!!!, y ha escrito varias veces a la Consejería de Educación instando a que se tomen medidas para evitar los continuos atropellos que contra los padres se cometen.

Resulta lamentable, realmente penoso, que este tipo de cosas ocurran. Que se sepan, se permitan y esta "gente" (por no decir gentuza) no haga NADA para remediarlo.

Para que luego haya quien diga que en este foro los "padres" (yo soy mujer de uno de ellos) como que vamos de vícitmas.......Sin comentarios.

Permítame si le pregunto, Judicialmente ha tomado o va a tomar alguna medida?
Un saludo
12/03/2012 15:22
Pues asi es por desgracia en esta cominudad autonoma llamada andalucia,donde ademas de no tener como en otras comunidades la opcion preferente de custodia compartida nos encontramos con este tipo de actos por parte de la junta de andalucia.Le he remitido un escrito de denuncia al defensor del pueblo andaluz a ver que me responde.De momento la respuesta por escrito que he obtenido de la consejeria de educacion es que si quiero informacion que lo pida judicialmente.Ver para creer.
12/03/2012 14:07
No sabe en qué colegio está escolarizado su hijo? Qué fuerte!!

De qué comunidad se trata?

12/03/2012 13:58
Yo he tenido que denunciar al delegado de educacion de la junta en mi ciudad porque se niga a darme el nombre del colegio de mi hijo a pesar de haberle aportado toda la documentacion (sentencia judicial,patria potestad compartida,etc...).