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facultados para prorrogar el contrato hasta el plazo mínimo legalmente establecido de tres años en total.

1 Comentarios
 
15/01/2019 10:15
Alby
La interpretación correcta es claramente la primera, o sea, 3 años. En total significa desde que se empezó, y eso fue en el 2016. No hay duda.
Facultados para prorrogar el contrato hasta el plazo mínimo legalmente establecido de tres años en total.
14/01/2019 17:52
Hola. Soy arrendador. En el contrato firmado el 15/04/2016 se puso "....plazo pactado de duración del contrato de arrendamiento de un año, a contar desde la fecha de este otorgamiento, es decir el día 15 de abril de 2016 por lo que concluirá llegado el día 14 de abril de 2017. En todo caso, los arrendatarios están facultados para prorrogar el contrato hasta el plazo mínimo legalmente establecido de tres años en total."
El hecho de haber puesto "...en total", ¿es correcto entender que el contrato finalice el 14/04/2019 (3 años desde el 15/04/2016) o se puede interpretar que concluya el 13/04/2020 o sea 3 años desde el 14/04/2017? Gracias