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Facultad que se niega a devolver el dinero de la matrícula abonada dos veces (una por mí, otra por el MDE)

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Facultad que se niega a devolver el dinero de la matrícula abonada dos veces (una por mí, otra por el mde)
13/12/2014 01:41
Hola a todos.

Expongo el caso con todo rigor, en esta sección porque no deja de ser una deuda tributaria.

En el verano de 2011 solicité una matrícula para cierto grado en la Universidad de Sevilla. Pero debido a que era literalmente el último día y tenía muchas prisas para formalizarla cuanto antes, no marqué la casilla de que tenía derecho a beca.

La beca la solicité más tarde y se me concedió. Según el funcionario que me atendió, tenía de plazo hasta 4 años para reclamar el importe de la matrícula que *pagué inicialmente de mi bolsillo*, bueno, del de mi familia.

Hasta aquí todo bien. Acudo a clase religiosamente y sin faltar prácticamente a ninguna, pero por problemas personales no pude acudir a los exámenes finales. A simple vista, diría que con los parciales que realicé ya tendría cubierto el 33% de los créditos necesarios para no tener que devolver la beca. Pero por lo visto no es así.

Hasta aquí nada raro. La facultad alega 3 años más tarde (en abril de 2014) que debo devolver la beca por no haberme presentado a un tercio de los créditos.

Vale, si ellos lo dicen así será. Por ahora nada fuera de lo común dentro de lo que cabe. Ese dinero se devolverá cuando buenamente se pueda y a plazos.

-En las dos cartas recibidas (la primera no certificada, la segunda certificada) donde se me exige la devolución de la beca se me desglosa la beca en:

*Beca salario: x importe.
*Ayuda de transporte: y importe.
*Tasas de matrícula: z importe.

El importe que se me exige devolver es x + y. Por ahora nada raro, se me exige que devuelva exactamente lo mismo que se me ingresó en la cuenta bancaria. Lo dicho, cuadra con que se devuelve todo salvo la exención de tasas.

Ok, aquí empieza ya la parte surrealista. Pienso que si ellos me exigen lo suyo, yo también deberé actuar en consecuencia y exigir que se me devuelva el dinero de la matrícula que para empezar no tuve por qué haber pagado. Trámite realizado en junio de este año.

Casi medio año después recibo una carta donde SE ME DENIEGA en toda mi cara la devolución del dinero de la matrícula que no tuve nunca que haber pagado. Y que yo sepa, son deudas independientes (yo les debo A dinero, ellos me deben B dinero) y no pueden alegar insolvencia ni demás excusas.

Bien, la supuesta razón legal por la que se me deniega la devolución es el apartado 25.4 de este PDF.

www.us.es/downloads/estudios/acceso/grados/NORMAS-MATRICULA-GRADO-MASTER11-12.pdf

Me resultó extraño, porque yo tenía entendido que desde hace años hasta en el peor de los casos (incluso desde 2012-2013 con el brutal endurecimiento de los requisitos para no tener que devolver la beca impuestos por el ministro Wert) lo que es el dinero de la matrícula nunca se devuelve.

Y buscando ese fragmento en el que se amparan, me encuentro con que es en realidad un fragmento casi parafraseado (cambio de algunas palabras por sinónimos y poco más) del BOE de la *UNED* del mismo año. Lo mío se trata en todo momento de una universidad presencial.

www.boe.es/boe/dias/2011/08/12/pdfs/BOE-A-2011-13803.pdf

El BOE oficial que regula las becas de 2011/2012 de universidades presenciales no menciona en ningún momento "fuera revocada la beca".

www.boe.es/boe/dias/2011/07/27/pdfs/BOE-A-2011-12952.pdf

E incluso el de 2014 (con los requisitos para no devolver la beca ultraendurecidos en relación a 2011/2012 por Wert, ya no basta con presentarse a xx créditos, sino que hay que aprobar mínimo un xx % de las asignaturas variable según el tipo de carrera) menciona textualmente "En caso contrario, procederá el reintegro de todos los componentes de la beca con excepción de la beca de matrícula." en el apartado 41.2.

www.boe.es/boe/dias/2014/08/07/pdfs/BOE-A-2014-8548.pdf

No estoy seguro, pero no creo que una Universidad (diría que ni siquiera una comunidad autónoma) tenga competencia alguna para endurecer a su placer los requisitos de algo que está regulado por el estado central en los BOEs, pues se tratan de becas concedidas por el MDE, no por la propia universidad. Máxime cuando en las dos primeras cartas la rectora reconoce de modo tácito que el dinero de la matricula no me tocaba devolverlo.

¿Qué alegar basándome en el BOE de 2011 (sobreentiendo que lo legislado por éste tiene prioridad absoluta sobre lo que diga o deje de decir la facultad) para reclamar lo que nunca tuve que haber pagado?

El PDF BOE-A-2011-12952.pdf menciona en su artículo 8 que las becas de matrícula se concederán en forma de exención y que el artículo 35 habla de reintegros. Por reintegro entiendo devolver el importe que se me ingresó, nada más.

Si la facultad se ha cobrado dos veces el dinero de la matrícula (por mi parte, y por parte del MDE) y se niega a devolverme el dinero de la matrícula, aseguraría que presuntamente está incurriendo en una posible estafa amparada en un artículo que se han sacado de la manga extraído del BOE de la UNED, cuando lo mío es una universidad presencial y normal.

Saludos.