Hola, muy buenas, soy arrendador de un local, me acogí al régimen especial del criterio de caja porque el inquilino muy frecuentemente no realizaba el pago en el mes correspondiente. Actualmente acumula 9 mensualidades del año pasado y temo no cobrarlas, como estoy acogido al régimen especial del criterio de caja creo que llegado el 31 de diciembre tengo que ingresar el iva aunque no lo haya cobrado. Mi pregunta es si luego puedo reclamar a Hacienda el iva ingresado y no cobrado?. Le leído que para el régimen habitual hay que dejar pasar 6 meses desde el impago y hacer la correspondiente denuncia y luego hacer un factura rectificativa y enviarla a Hacienda. No sé que procedimiento se sigue en el caso del régimen de caja. Y me gustaría saber como se hace una factura rectificativa de ese iva pagado y no cobrado.
Muchas gracias.