Por la vía adimistrativa y posteriormente si no hay respuesta en el plazo señalado en la ley de contratos (trlcsp) interpon contencioso con medida cautelar de consignación de la cantidad. El juez esta obligado a dártelo y habrás conseguido tu finalidad.
Saludos
Tengo una duda acerca de un procedimiento. Mi cliente es una empresa que emitió varias facturas a un Ayuntamiento referente a unos productos químicos. El ayuntamiento tras varios requerimientos no ha abonado la cantidad.
Mi problema surge porque no tengo claro si tengo que reclamar la cantidad adeudada por vía civil o por vía contencioso- administrativo.