El presidente de mi comunidad envía convocatoria, uno de cuyos puntos es aprobación de una factura por avería, dando 7 días de plazo para pagarla junto con otra aprobada en última (y muy reciente) reunión. Añade –en la propia convocatoria- que "si es aprobado el acuerdo, éste será el primer requerimiento de pago, apercibiendo a los propietarios de que, si no hacen los ingresos en el plazo que marca, se ejercitarán las acciones señaladas en LPH."
(Curioso en verdad, porque el único propietario moroso que ha tenido la Comunidad ha sido precisamente él, en dos ocasiones, durante varios años una de ellas. No se le reclamó judicialmente.)
La factura aprobada en la reunión anterior fue votada en contra por dos propietarios, hasta que les sea entregada una detallada dado que, el concepto que refleja es muy vago "trabajos realizados", y el importe facturado es diez veces más de lo que venía cobrando el albañil que ha realizado trabajos idénticos. Diez veces. No entienden. ¡Menos mal que no estamos hablando de millones!, que también podría ser, o podrá serlo en el futuro inmediato. (Dejaron claro que no se niegan a pagar el coste real de la reparación.)
Los otros (presi + 2) se negaron a que se pidiera.
Aún no se la han entregado.
Dos preguntas:
l. ¿Es legal esta convocatoria con semejante tono conminatorio? ¿No se está pasando un pelín el presidente en sus funciones?
2. ¿Qué hay que hacer para que entreguen factura clara a los que la han solicitado, si los demás forman piña (en estos momentos, que no siempre fue así), están en contra y son mayoría? ¿Ajo y agua?
P.d. para poner estas preguntas un poco más en contexto: Al presi le redacta las convocatorias su abogada, quien (nos, y sobre todo, le) explica reiteradamente como funciona la LPH; p.e. que el presidente no tiene que firmar las actas, que son los propietarios los que han de hacerlo; que no hace falta orden del día porque se puede tomar cualquier acuerdo así sobre la marcha, que con que vote a favor la mayoría los demás no tienen siquiera derecho a hablar (y en la práctica a los "discolos" se lo impide), que todo lo que haga el presidente lo tienen que aceptar los demás, como si compra un Picasso, lo tienen que pagar... etc. etc. También le parece normal ponerse a grabar a uno de los propietarios, y conminar a otra para que diga que "la autorizó ella" –cuando el propietario grabado le ordena apagar el aparato-
En fin, cosas que a mí me parecen raras, pero yo no estudié Leyes.
De antemano agradezco las respuestas a mis preguntas, y todas las orientaciones que me puedan dar.
L. ¿Es legal esta convocatoria con semejante tono conminatorio? ¿no se está pasando un pelín el presidente en sus funciones?
es completamente legal.
2. ¿Qué hay que hacer para que entreguen factura clara a los que la han solicitado, si los demás forman piña (en estos momentos, que no siempre fue así), están en contra y son mayoría? ¿ajo y agua?
reclamarla fehacientemente. No obstante pueden impugnar el acuerdo vía art. 18.2º lph., que es lo que yo haría.
Al presi le redacta las convocatorias su abogada, quien (nos, y sobre todo, le) explica reiteradamente como funciona la lph.
Me parece correcto.
Por ejemplo que el presidente no tiene que firmar las actas.
Debe firmar con su visto bueno.
Que son los propietarios los que han de hacerlo.
Incierto. La ley exige que sea firmada por el secretario con el visto bueno del presidente. Nada dice sobre el resto de propietarios.
Que no hace falta orden del día porque se puede tomar cualquier acuerdo así sobre la marcha.
Es necesario que el acuerdo figure en el orden del dia, si bien es verdad que si todos los presentes estan de acuerdo unánimemente se pueden debatir y aprobar otra serie de puntos, si bien habrá que esperar a remitir fehacientemente las actas pro si algun ausente se opone al acuerdo en el plazo de 30 dias naturales desde su recepcion.
Que con que vote a favor la mayoría los demás no tienen siquiera derecho a hablar.
El derecho a hablar no se pierde en ningun caso.
Que todo lo que haga el presidente lo tienen que aceptar los demás, como si compra un picasso, lo tienen que pagar... Etc. Etc.
Todo lo que hace el presidente vincula y obliga a la comunidad. Esta por su parte puede ejercer acciones de responsabilidad contra el presidente por excederse en el ejercicio de su cargo.
También le parece normal ponerse a grabar a uno de los propietarios, y conminar a otra para que diga que "la autorizó ella" –cuando el propietario grabado le ordena apagar el aparato-
ese es un problema entre el propietario grabado y el presidente. La accion del presidente en ese caso pudiera constituir una falta y el propietario en cuestion podría denunciarle en el juzgado.
Quien se puso a grabar fue la abogada, no el presidente.
¿Denunciarla? Estoy segura de que lo negaría, y encima el presidente testificaría a su favor, ¡faltaría más!. ¿Querrían "meterse en líos" los demás testificando a favor del propietario grabado?. Probablemente no. ¿Ve Vd viable la denuncia?
Consta en acta anterior la reclamación de factura detallada por parte de cos propietarios. La volvieron a reclamar en la reunión de ayer, y volverá a constar en el nuevo acta.
Además de estas dos constancias ¿hay que mandar burofax?
Si la abogada no esta nombrada por la Comunidad, sino por el Presidente, a titulo personal, es hasta cuestionable que pueda asistir a las Juntas y menos que haga las funciones de Secretaria sin serlo.
De todas maneras, basura era lo que estaba grabando: Una réplica un tanto subida de voz a unas manifestaciones ofensivas hechas por el presidente.
No tiene mayor importancia.
Lo que sí me parece importante es el hecho de grabar que, en mi opinión, no dice mucho a favor de la deontología profesional de esta Abogada.
Acude a las juntas en representación de una propietaria que sintoniza mucho con el presidente, al punto que en una reunión propuso que el presidente fuera exonerado de los gastos generales obligatorios y los soportáramos los demás. Naturalmente voté en contra.
Fue el presidente el que se la presentó y recomendó.
¿Cómo se puede conseguir que no haga esta abogada las actas? porque, francamente, como he visto su actuación durante meses (además convocan compulsivamente, llevamos 8 reuniones extraordinarias en lo que va de año), me preocupa un poco el asunto. Máxime cuando vamos a hacer obras por varios millones que... realizarán unos albañiles que son de toda la confianza del presidente. Y éste ha incumplido el acuerdo (de Mayo) de recoger firma de presupuesto cerrado y detallado y ayer mismo ha dicho que ese presupuesto está "caducado" y que mandará le hagan otro, que "podemos esperar que será mucho más".
Respuesta "chunga" del presidente a los dos propietarios que le solicitan factura detallada ayer:
"No la voy a pedir. Y Además la vais a pagar. Primero la pagais y las explicaciones las daré despues si me parece, porque aunque reclameis de otra manera os vais a tener que j...r y la vais a tener que pagar antes"
Para Luci:
Una solucion a todo esto, seria que nombraras como tu representante en las Juntas a una persona entendida en estoa temas, de tu total confianza, para que empiece a parar a estos sujetos.
Puede un abogado o administrador de fincas.
No es mala idea. Trataré de buscar un abogado, preguntaré.
Lexis, dime por favor tu opinión. ¿Debo ingresar mi cuota de la factura de marras o espero a ver si me facilita la detallada que pido? (que me temo no lo va a hacer)
¿Tengo que mandar burofax para confirmar la peticion o basta con las dos constancias en acta?
2º. Contrata a un abogado, no para ir a la junta, sino para aprobar el acuerdo de pagar la factura en cuestión por no haberla exhibido.
3º. Pide a los demás propietarios que estén en tu situación que reclamen conjuntamente contigo y así repartís el gasto y es otra forma de testimoniar que en efecto, la factura no ha sido jamás exhibida.