Hola. Estudio inglés en una academia y comuniqué VERBALMENTE durante la primera quincena del mismo que cursaba baja en su escuela. Aunque me solicitaron que lo comunicara por escrito, no lo hice, al no haber comunicado tampoco el alta por escrito al iniciar las clases. Ahora la empresa me ha facturado todo el mes.
Mi intención es pagar, y el pago no es domiciliado.
Mi pregunta es si existe legislación o jurisprudencia que hable al respecto de la validez de órdenes verbales a la cual me pueda acoger.
Muchísimas gracias de antemano por la respuesta.