Hola, nos ocurre que tenemos un local alquilado desde agosto, pero no hemos iniciado actividad alguna en él (retraso en obrasa y problemas varios). Ahora 8 meses después nos enteramos que teníamos que haber ingresado cada mes a Hacienda el IRPF (el 18 % de cada mensualidad!!!!!) ... nunca nos explicaron esto cuando alquilamos el local!. Mi pregunta es qué posibilidades hay de eximirnos de pagar este dinero.
¿si no hay actividad comercial hay que pagarlo igual, se puede pedir algun papel que lo certifique ante hacienda?
¿podriamos pedir una cedula de habitabilidad y si se nos concede quedariamos libres de este impuesto?
¿si hay que pagarlo ahora, el IRPF de 8 meses, qué plazo tenemos y se podria fraccionar?
¿si no lo pagamos, qué problemas podriamos tener nosotros o qué problemas podemos ocasionar al propietario del local?
Hola buenas tardes, tengo un problema y seria de gran ayuda que pudieran ayduarme a resolverlo. Gracias de antemano.
Este 2008 qel gestor que me llevaba las cuentas ya no lo tengo y tengo un localillo alquilado, bueno pues ahroa viene el dueño dellocal a pedir la hoja de retencioens del IRPF del 2008, y yo ni puñetera idea, porque no tenia ni idea que hbia que pagarlo. Mi pregunta es que tengo que hacer ahroa peudo ir a ahcienda y pagar todo el año, haciendo que? o que puedo hacer, me ayudariais mucho gracias.
un saludo
Usted cobra un dinero X, más su iva correspondiente y restando la retención, que se la queda su inquilino.
Esa retención que se queda su inquilino la ingresa en Hacienda a nombre de usted, y la tiene usted como ingreso a cuenta de su declaración de renta (como la cantidad que le retienen en nómina todos los meses).
Es decir, usted deja de percibir ese dinero, pero lo tiene ya ingresado en Hacienda a cuenta de su declaración de IRPF.
Una consulta porfavor, yo tambien estoy alquilando un local que tengo a nivel personal a una empresa, cada mes le cobro la mensualidad, le resto el IRPF y le sumo el IVA, lo que no acabo de entender es, yo cada mes dejo de percibir un dinero en concepto de IRPF, ademas el ha de pagar tambien esa cantidad por su parte? es decir, los dos "pagamos" (en mi caso dejo de percibir) ese IRPF cada mes?
Yo creia que ese dinero del IRPF luego me lo devolverian, pero como se suma a mi salario, encima tengo que pagar mas, ya que segun dicen me aumenta la base, es correcto?
He consultado con dos asesores y contratado a uno. Según la interpretación del contrato lo estoy haciendo bien, ya que el IVA y reduccion de IRPF estan metidos en la mensualidad.
Me han dicho que el asesor que me redacto el contrato no lo puso todo lo claro que debía y de ahi la confusión del arrendatario.
Bueno, ya esta todo mas encaminado y parece que se van enterando.
Gracias por su atención medik2
la verdad es que no entiendo a su arrendatario, como que la retencion fuera para el. Sabe que debe ingresarla en la AEAT????Si usted tiene fijado una mensualidad en el contrato, es sobre eso sobre lo que debe retener. un alquiler no se paga renta mas retencion, se paga solo la renta(lo que se fije en el contrato) y sobre eso se retiene y se ingresa a hacienda.
Pero hay una cosa en la que tiene razon su arrendatario, y es en que no debe usted descontarle la retencion, es el mismo el que debe hacerlo, si no lo hace, alla el, no?
En serio, no se complique, emita la factura sin retencion y ya esta, y que el le retenga sobre lo que quiera retener, y si no le quiere retener nada, pues mejor para usted.
Gracias por tu respuesta, ayer mismo hablamos de nuevo con los arrendatarios y el problema radica en que ellos ven la cantidad X como bruto y que interpretan que según el contrato en esa cantidad no debo deducirles el IRPF , pues tanto este como el IVA ya estan en esa cantidad, el caso es que no nos aclaramos.
Como comente antes hablo con cantudades:
375 € es la mensualidad, en factura la base imponible es 382,65, le sumo el IVA: 61,22, resto IRPF: 68,88 y dan los 375 €. que ellos ven como bruto. Creo que voy a ir a un asesor. GRACIAS.
la retencion de irpf nunca suma, sino que resta. Es decir no se puede poner a pagar una mensualidad mas irpf, sino una mensualidad y a eso se resta irpf.
De todas formas lo tiene bien facil, emita una factura sin retencion, que no es obligatorio que figure en la factura, y despues que el arrendatario se busque la vida para retener correctamente, que es su responsabilidad,el es por ley el obligado a retener correctamente. Y si lo hace de forma incorrecta, hacienda es a el a quien va a reclamar.
Para que me entienda, si esta persona le paga y no le practica la rentencion, hacienda no va ir a usted a pedirle que la ingrese la parte que era retencion y a cobrado de mas, sino al arrendatario que es el obligado a retener correctamete.
Quedamos con los arrendatarios a pagar una mensualidad X, en factura a la base imponible le sumo el 16% IVA y quito el 18% IRPF, dandome así la cantidad X.
El problema es que el arrendatario me dice que al meterle el IRPF en factura de la forma que lo hago, esta mal, que no se lo tengo que poner y le estoy cobrando de mas y se niega a pagarme.
El que era nuestro asesor redacto la clausula de renta así:
La renta anual fijada es de XXX €, incluido retenciones de IRPF e IVA a pagar en plazos mensuales de X €.... Dentro de de este importe se incluyen los gastos generales, tributos, servicios y suministros del local, a excepción de consumos de contador individual...
¿Estoy haciendo la factura bien? Este asesor me lo llevaba de la forma explicada, he preguntado en hacienda y me dicen que esta bien, pero estas personas no atienden a razones, ¿como se lo puedo razonar?
Otra cosa, ¿como se calcula la base imponible a partir del total? ¿Sabeis la formula?