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Factura

28 Comentarios
Viendo 21 - 28 de 28 comentarios
14/07/2006 20:23
¡Por Viracocha!
¡Anascarlesvilla!
14/07/2006 20:11
Pues tiene razón su administrador. El gasto debe contabilizarse en 2005 y si ustedes tienen libros de contabilidad adoaptados al plan general de contabilidad, con mayor razon.
14/07/2006 19:32
"...al introducir la factura a cobro en el ejercicio 2005-2006". Aquí me he confundido, será, digo yo, 2006-2007) pero creo que se habrá entendido el mensaje.

Delapradera
Es fácil de entender, y además pasa, que entre que se aprueba la instalación y se lleva a cabo pase un tiempito a no ser que sea un tema urgente , pero el período entre la instalación y el cobro/pago, ya suele ser más corto, más que nada porque el que ha realizado su trabajo normal es que quiera cobrar como bien ha dicho María Rosa.
Pero es que mientras no te den la factura o te lo cobren a través del banco, si es que está domiciliado, por mucho que te hayan traido el cuadro para adornar el portal, no puedes cobrarles a los comuneros; porque fíjate que te traen el cuadro y por despiste se les olvida cobrar el cuadro...Por muy honrada que sea una persona no creo yo que vaya a ir corriendo a decirle al vendedor: ¡Eh, que te debo un cadro, cóbrame inmediatamente! Lo normal es que sea el vendedor el que ande detrás para cobrar.
Lo que no entiendo muy bien es tanta prisa para cobrar el vendedor para después ir con tanta parsimonia para extender una factura y tanta prisa por pagar el administrador sin recibir la factura en el mismo momento que paga.
¿Esto es normal? Yo opino que lo normal es que sean ambas cosas simultáneas o próximas en el tiempo: pagar y que te den la factura, ¿o no? De lo contrario, como lleve varias comunidades, se puede formar un lío morrocotudo.

Atentamente, Anastasia, Scarlett,.... y ahora Sibylla.

pd: Se me va a olvidar mi nombre. Me parto de la risa. ¡Quién me lo iba a decir a mí!
14/07/2006 15:59
Me alegra verte, quilla. Ya veo que te lo estás tomando en serio (hacer las cosas bien hechas en tu Comunidad). Posiblemente te cueste mucho trabajo ponerte al día, teniendo en cuenta lo dejado que está todo; pero ya después será mucho más fácil, siempre y cuando se siga llevando al día. Lo malo es que para entonces ya le tocará a otr@ ser president@, y , lo mismo se va dejando, dejando….. y cada vez va dando más pereza , ..eza, y luego pasa lo que pasa, pasa.

No obstante, sabiendo lo que sabes y dada tu predisposición a hacer las cosa como Dios manda y SEGÚN LA LEY, menester pedirle al administrador que los gastos/cargos, al igual que los ingresos/abonos queden reflejados en el mismo momento en que se realizan.

Podría darse el caso que la Comunidad aceptase un presupuesto de unas obras, a pagar en dos años; en ese caso según se vayan pagando los recibos se irán descontando del saldo comunitario (mes a mes), y al final del ejercicio aparecerán en las Cuentas la suma de todo lo pagado/cargado en concepto de esas obras, dejando el resto pendiente para el ejercicio siguiente.

Que el ÁNGEL, que casi todos llevamos con nos, te ayude a llevar las cosas como tú deseas, es decir, SEGÚN LA LEY.

Dices tu, quila, Si se rompe la tubería en el 2005 y se carga, 3 meses después, en el 2006 (sería raro, pues a todo el mundo mundial nos gusta cobrar cuanto antes mejor), pues se cargará en los gtos. del 2006 que es cuando se ha descontado del saldo.

Otra cosa es que una vez aceptado un presupuesto un comunero venda el piso, incluso antes de empezar a pagar las obras. Pero eso ya es otro TEMA. Supongo que, en principio, podría haber un acuerdo entre ellos (comprador y vendedor).

Saludos cordialísimos ¡quilla!, otro para Delapradera. Igno,

P.D. No me extraña que tus adorables acudan a ti a todas horas, saben que les escucharas. Ahora, menester que pongas un horario de atención al comunero.
14/07/2006 10:26
Yo aplicaría el principio del devengo. En este caso de sibylla, el devengo corresponde con el pago dentro del mismo ejercicio.
¿Qué pasaría si se aprueba en diciembre de 2005, se instala en marzo de 2006 y se paag en enero de 2007 con varios cambios de titularidad de vivienda?
14/07/2006 09:20
Solucionamos. Me he comido una "o". Lo he corregido rápidamente, no vaya a ser que algun@ me diga que no sé hacer la "o" con un canuto.
14/07/2006 09:07
Hola María Rosa:
Gracias por la respuesta y te comento que es exactamente lo que yo pienso también pero, como bien sabes, desde que me designaron para el cargo, me lo he tomado muy en serio y al menos en el tema de las cuentas que parece ser que es en lo que estoy "algo más puesta", quiero que el tema vaya correctamente.
En la última Junta se aprobó que se cerraran los ejercicios sin cerrar, ipso facto, como lógico que es. Hora es ya para ello, después de unos años.
Asunto por el cual estoy metiendo más horas... revisando facturas, realizando las liquidaciones a ver si cuadra todo, etc. Me tomé muy en serio el cargo y lo que dijiste: TODO SEGÚN LA LEY . Todo sea por el bien de esta comunidad y para que se solucione de una vez por todas el asunto de los ejercicios sin liquidar.
Es normal, los copropietarios me dicen:
-¿Qué sentido tiene pagar y pagar cuotas sin saber al final de cada año qué es lo que realmente hemos gastado? Es posible que la cuota que estemos poniendo sea más que lo que debemos poner y entonces haya de devolvernos la comunidad el excedente, o, a la contra. Por lo tanto, la liquidación al final de cada ejercicio es impepinable.
-Pues sí. Eso mismo pienso yo también - les contesto- y en eso ando tan ocupada e inmersa en la situación.
Y no veas lo difícil que es realizar esto a toro pasado porque hay cosas que ya ni te acuerdas. Menos mal que en tema del orden y de guardar facturas e incluso de facilitarme todo lo que se le ha pedido, el administrador está respondiendo, al cien por cien.
Por otro lado, ¡qué razón tenía Justa cuando decía lo de poner una hora!
Ahora en lugar de acudir al administrador, como casi nunca lo localizan (eso me dicen) acuden a mí. Y me tienen atosigada.
También tenía razón Dickturpin cuando decía que a veces vemos a la persona (administrador) peor de lo que es sin conocer de cerca su labor. Cierto que se ve todo desde otro punto de vista cuando es de cerca y no es que ahora vaya a justificar todo lo que se ha confundido pero he visto que algunas cosas tenían base que no habíamos llegado a entender; otras, en cambio, no.
Por ejemplo, esto que he preguntado lo ha hecho con varias facturas de un año introducirlas en el año anterior y la explicación que me ha dado es lo que pregunto: que como fueron gastos aprobados por los propietarios en el ejercicio anterior, a ellos corresponde el gasto.
Y yo le he contestado: Ya, pero realmente ¿quién disfruta de la puerta o cuadro que se ponga, etc. etc. ? Pues sin ir más lejos, pienso que los que son propietarios en el 2006. Por lo tanto a ello/as corresponderá pagarlo.
¿Pasa lo mismo con las reparaciones?
Imaginemos que se rompe una tubería de la calefacción también en 2005, se arregla pero después la factura se entrega a la comunidad tres meses más tarde, dentro ya de 2006.
En el caso de que se realice una transmisión o venta de un piso o local, en el año 2006, el vendedor se "libraría" de pagar ese gasto que se ha generado cuando él era propietario y, en cambio, esa reparación le tocaría pagarla al nuevo, al introducir la factura a cobro en el ejercicio 2005-2006.
A mí esto me dejaba en dudas pero después he pensado que es mejor lo que tú dices, María Rosa, si no después no hay forma de hacer cuadrar las facturas y las fechas.

Y que conste que me has aclarado una duda que tenía aunque algunos piensen que no solucinamos nada dialogando.

14/07/2006 03:56
Si la factura se ha pagado en marzo del 2006 tendrá que figurar en los gastos/cargos de ese mismo més (que es cuando se ha pagado) restando el importe del saldo. Logicamente quedará reflejado en los cargos del ejercicio 2006
Saludos cordiales. Desde la TIERRA.
Factura
14/07/2006 02:33
Se pide presupuesto para sustitución de la puerta del garaje. Se aprueba en Junta en diciembre de 2005 pero se instala en 2006 y se paga en marzo de 2006.
La factura, ¿se incluye en el ejercicio 2004-2005 para la liquidación, al haberse aprobado dentro de este año o, por el contrario, se tiene en cuenta la fecha de pago y ha de incluirse en el ejercicio 2005-2006?

Gracias