Como no se estipuló privadamente nada, me pueden decir si en el Código de Comercio hay alguna normativa que pueda reflejar este supuesto, es decir, que en casos similares a éste quién asume los gastos de devolución. Yo estoy convencida de que no es problema del proveedor, pero me gustaría asegurarme antes de iniciar la reclamación del pago de la factura.
Por favor, si me podeis ayudar o facilitarme algun servicio telefónico (pagado) de asesoría en esta materia os lo agradecería.
Represento mediante sociedad civil a una empresa colombiana que fabrica un edulcorante natural que no se puede vender en la CEE (está en trámite). Contacté con un mayorista de Andorra (no pertenece a la CEE) y después de consultar con él la permisividad de la venta en dicho país, realizó un pedido que se sirvió con los gastos de transportes pagados por mi empresa. A los pocos días, me dice que Sanidad no le permite la venta.
El caso es que la factura está sin pagar y ahora pretende que todos los gastos de devolución los asuma yo.
¿Me podrían decir si creen que puedo reclamar el importe de la factura...?
Tengo un email en el que dicha empresa solicita el pedido.