Hola alfilito:
Como sabrás las retribuciones a declarar lo son en función de la fecha de devengo y por lo tanto debes declararlo .
Entiendo que si no la cobras en el tiempo, la empresa debiera emitir una factura rectificativa de la declarada.
Salvo mejor oponión
Hola:
Me gustaría que me aclaráseis una duda: si una factura hecha el año pasado y que no he cobrado, estando además reclamada judicialmente, pero que la empresa ha declarado a hacienda y ha pagado la retención del 15%, ¿debo incluirla en la declaración de la renta de este año?, me imagino que la respuesta será que sí, pero tengo dudas, pues aparte de que el resultado de la declaración cambia sustancialmente, ¿que ocurre si finalmente no la cobro, como se arregla eso con el fisco pues yo habría adelantado un dinero a hacienda sin haber percibido realmente esa renta?