hola, buenas noches, quisiera exponerles mi duda por si alguien me puede dar alguna respuesta. He comenzado ha trabajar el mes pasado en una empresa promotora a la cual está revisando Hacienda el IVA del 2010 y 2011. Está empresa promotora, en el 2010 como no consiguio vender los pisos, algunos los puso en alquiler. Según tengo entendido el alquiler de viviendas a particulares no lleva IVA. Como son dos actividades diferenciadas una la promoción de viviendas y otra el alquiler la empresa debería aplicar la regla de la prorrata. He calculado la prorrata de ese año y me sale el 99,5% redondeando es el 100%, pero según tengo entendido debería haber hecho una factura de autoconsumo pasando los pisos alquilados de existencias a bienes de inversión. Esa factura no se hizo en el 2010, y según tengo entendido para poder desgravar el IVA soportado tendría que haber hecho la factura. Por tanto cuando le aporte a hacienda los contratos de alquiler, y la declaración de obra nueva, ya que me pide que aporte los contratos de alquiler y documentación que acredite la adquisición, que va a pasar con la factura de autoconsumo van a tener en cuenta solo el iva repercutido sin poder desgravar el iva soportado, dado que no tengo hecha la factura de autoconsumo realizada. Como procedera Hacienda en este caso. Necesito ayuda tengo que presentar los documentos el viernes y no se con que me voy a enfrentar.