Cuento:
Vivo en una zona "agraciada" por el hay-untamiento local con la declaración de zona peatonal,bueno,mas bién veladoral,pero eso es otra historia.
Ayer por la mañana detengo mi vehiculo a 20 metros de mi domicilio para dejar el perro y un saco de pienso,con un coche de los guindillas detrás.
Decir que mi vehiculo en nada molestaba ni obstaculizaba el tránsito.
Bajo,ni paro el motor,cojo perro y saco y cuando estoy en la puerta de mi domicilio me dan un pitido,me vuelvo y les indico saco y perro,llamo al portero automático le digo a mi mujer que mando el perro y dejo el saco en el portal y vuelvo al coche.
Me doy de morro con los municipales en cuestión que a modo de saludo me preguntan si he bebido,respondo que a que viene esa pregunta y si no tienen un alcoholímetro y salimos de dudas.
Al final,denuncia de 90 € por estacionar en zona peatonal,a pesar de mis protestas de que según ordenanza,mi vehiculo está autorizado para entrar en ella y estacionar un máximo de 30 minutos para carga y descarga,cosa que comprueban,pero aún asi,denuncia que te crió,con dos....
Ni que decir tiene que recurriré la sanción.
La pregunta es:
¿Hay substancia suficiente para iniciar accciónes contra dichos agentes?
No se si llamarlo prevaricación,que ya se que no es tan simple,pero se aproxima mucho a dictar sentencia o resulución ilegal o injusta a sabiendas de que lo es.