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Extracto bancario

65 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 65 comentarios
17/04/2011 17:20
Hola a todos:

Bueno Jade, parece que estamos condenados a entendernos, eso espero al menos.

Jade, la exposición, según veo, no es muy profesional, eso si, encontrará Jurisprudencia que la avale.

Dice: Hago referencia a jurisprudencia porque en la LPH no hay ningún precepto que obligue al administrador a entregar copia de la documentación a los comuneros en cualquier momento y la jurisprudencia desarrolla la interpretación que debe hacerse del articulado de la LPH y en especial de la parte que hace referencia a tener a disposición de los comuneros la documentación de la comunidad, pues dicha sentencia aclaraba el alcance de dicho precepto.

Es cierto que la ley no explicita la entrega de copia, pero si lee el artículo 20.e, dígame con sinceridad si está diciendo que sea una simple visión de la Documentación, no lo explicita, luego no es que la Jurisprudencia desarrolla la interpretación, sino una reinterpretación, una interpretación paralela. Si no hay reconocimiento explícito para uno, tampoco para el otro.

Ahora bién, le diré, en este caso, no solo lo pedía un comunero/a, sino la Presidenta, a lo cual también le podría indicar Jurisprudencias al respecto, aunque seguramente no será necesario.

Es llamativo que siempre que haya que inclinarse por alguien, sea la merma de derecho del Propietario.

Por otro lado le expondré el porqué debe dar, aunque eso si, las pague copias, si las requiere, que además, es de dudar de que esté a todas horas pidiendo documentaciones. Se trata de una vivencia mía, fuí al administrador a pedirle que me enseñase documentación, me dió la documentación para que las buscase, me topé con hojas en blanco, escritas por ordenador y puestas como facturas, sin sello, firmas ni logotipos, etc., esperé a la Junta y lo dije, lo que ocurrió es que dijo a la Junta que era mentira, además, que no permitiese que yo fuese a trastear sus papeles (por lo visto no eran de la Comunidad), ya que no se hacía responsable de si se perdia alguna documentación, con lo cual amenazaba de perder las documentaciones, si se seguía adelante, a mi me dejaron por embustero, por mentiroso. El Presidente me puso una querella por injurias y calumnias.

Si le hubiese pedido copias y me las diese, tendría copias de la falsedad.

Si mira este foro y otros, observará sin calentarse la cabeza, que la mayoría de las veces, se niega a dar la Documentación, eso aparte de la Jurisprudencia (contradictorias vuelven a ser), hay indicios de sentido común que indica alguna acción que no desea ser conocida.

Gracias por todo.

Saludos.
17/04/2011 13:09
Dickturpin, podria ayudar más en este foro, solamente, como forera, le pediría que pusiese algunas de sus demandas completas, cuando ya tuviese la resolución del tribunal, o sea la sentencia.
Creo que mucho foreros, aunque los que ya intervenimos poco, leeriamos y aprenderiamos muchas cosas.
Un saludo para ese buen abogado.
17/04/2011 13:04
Y menos en mi Sala, jejeje
17/04/2011 12:57
Ya lo se, pero de leyes nadie te puede chistar.
17/04/2011 12:53
De Administrar tengo muy poquitos conocimientos. Seguro que menos que tu.
17/04/2011 12:38
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Sede: Madrid
Sección: 1
Nº de Recurso: 1403/2006
Nº de Resolución: 188/2010
Procedimiento: Casación
Ponente: ROMAN GARCIA VARELA
Tipo de Resolución: Sentencia
17/04/2011 12:30
Eso si, no puedo hacer pagos por la cuenta de la comunidad, solamente emiten los talones la presidenta y la vicepresidenta.
Ahora te digo, que en las comunidades que tengo firma con el Presidente, ninguno de los dos puede manejar el dinero de la comunidad por internet, todo lo hacemos con talones bancarios o pagares, o recibo domiciliado, que previamente se ha autorizado.
Un saludo
17/04/2011 12:25
La firma la ponemos el Presidente y al administradora y los pagos los hacen las personas que tienen firma pero que previamente han firmado los presupuestos, me da mas trabajo que cuando tengo la firma con el presidente o el vicepresidente indistintamente, pues necesito buscar la firma de los dos , pero te digo que con buena voluntad y armonio, al final se hacen las cosas.
Yo tengo autorización en las comunidades que no tengo firma, para pasar los recibos, para ver las cuentas y para rechazar algún recibo que se intente colar en la cuenta de la comunidad, pero no tengo autorización para disponer.


Me puedo equivocar al administrar asi, espero que no , aunque tu sabes de esto más que yo, y tiene mas conocimientos.
Un saludo Jade
17/04/2011 12:24
.Hola Jade, cuando contrato una obra o servicio, no lo hago yo solamente, los contratos de mantenimientos se votan en las Juntas de propietarios, las obras de rehabilitación lo mismo, las obras urgentes, normalmente las consensuo con el Presidente y el Vicepresidente, para eso hay un trato casi diario, y cuando es muy urgente diario
17/04/2011 12:20
Valcap. El 11/04/2011 EveSpirit me dijo esto:

"Que soy administrador de fincas y que en ninguna de las comunidades que gestiono tengo firma bancaria, y sorprendente, me encargo de los pagos y cobros, es lo que tienen las nuevas tecnologías con las que no te veo muy familiarizad@".

Dick le ha dicho que no se cree que haga cobros y pagos sin firma gracias a las nuevas tecnologías y le ha llegado a decir que "no le venda la moto" o algo así. Yo le hubiera dicho más que eso, pero lo voy a dejar ahí.

Lo que está claro es que lo dijo y se pegó el moco con la única intención de pegarme un corte pero le ha salido el tiro por la culata ya que por la boca muere el pez y si hace cobros y pagos por internet como dijo, es porque tiene firma. Eso es así, me contéis lo que me contéis.

17/04/2011 12:13
Valcap. Con esa práctica acabas por no administrar. Únicamente contabilizas, pero la gestión la dejas en manos de los comuneros. ¿Qué haces cuando contratas una obra o servicio y el que debe firmar se niega a hacerlo? La cara la das tu, la responsabilidad te corresponde a ti y sin embargo firman otros.

Políticamente te puede ir muy bien pero en mi opinión no ejerces del modo que debieras, porque no basta con ver las cuentas por internet. Los cobros y pagos debe hacerlos el administrador y no los comuneros ya que la responsabilidad le corresponde a éste por imperativo legal.

Por otra parte, para hacer cobros telemáticos, si necesitas firma y poder de disposición y en eso estoy de acuerdo con lo que dice Dick.

Antonio Bernardo. Hago referencia a jurisprudencia porque en la LPH no hay ningún precepto que obligue al administrador a entregar copia de la documentación a los comuneros en cualquier momento y la jurisprudencia desarrolla la interpretación que debe hacerse del articulado de la LPH y en especial de la parte que hace referencia a tener a disposición de los comuneros la documentación de la comunidad, pues dicha sentencia aclaraba el alcance de dicho precepto.



17/04/2011 11:46
nieves12,

también sería conveniente que el Presidente y Vicepresidente o cualquier Propietario que la Junta decida, tengan acceso a la Cuenta vía Internet, para ello tienen que aprobarlo en la Junta o, con la firma de Presidente y Vicepresidente, den conformidad de que el Propietario "tal" se le permita el acceso.
La cuenta no solamente tiene que estar controlada por el Administrador, es muy conveniente que los miembros de la Junta Rectora tengan acceso a ella. To esto en vía de VISUALIZACIÓN.
Así es como funcionamos en la Comunidad en la que vivo y te aseguro que por lo menos el control lo tiene la Comunidad y no solamente el Administrador.

Un saludo
17/04/2011 01:25
muchas gracias por su asesoramiento. Lo vamos a tener en cuenta en los acuerdos de la junta, que ya esta convocada.
17/04/2011 01:25
muchas gracias por su asesoramiento. Lo vamos a tener en cuenta en los acuerdos de la junta, que ya esta convocada.
15/04/2011 22:58
nieves12,

realice Junta Extraordinaria (si el Administrador no quiere redactar el documento de convocatoria, que el Presidente lo redacte, exactamente como cualquier otra convocatoria que tengan y entreguelo a cada Propietario y al Adminsitrador), como ya le indicaron, con orden del día siguiente:
1.-Nombramiento de Vicepresidente (si existe, anulan este punto)
2.-Renovación de autorizados en Cuenta Bancaria.
3.-Modificación de Cuenta a Cuenta Mancomunada.
4.-Ruegos y Preguntas

Le explico, la Cuenta Mancomunada será con la firma del Presidente y Vicepresidente, el Administrador NO.
Se evitarán de la intervención de éste en la misma.
Al Administrador le pueden autorizar que tenga acceso a la Cuenta vía internet en concepto de Visualización, no de Modificación, lo único que tienen que autorizar es a realizar las tansacciones electrónicas en cuanto al cargo de los recibos de cada Propietario, esto lo realiza el Administrador a través de un programa informático que permite grabar las remesas de recibos de los Propietarios y generar el fichero para ser enviado a su Entidad Bancaria de manera que pueda ser procesado por ésta.
Aquí queda toda la intervención que realiza el Administrador en la Cuenta.
Los pagos a Empresas que realizarón alguna obra en la Comunidad, bien puede ser a través de talonario Bancario con firma del Presidente y Vicepresidente o, bien por medio del Administrador, éste facilitará a la Empresa el CIF y el nº de Cuenta de la Comunidad para que se produzca el cargo en la misma, con la correspondiente factura emitida y que será enviada al Administrador.
La única firma que tiene que plasmar el Administrador en el Banco es, en un documento para la obtención del USUARIO y CONTRASEÑA de acceso vía Internet a la Cuenta y poder realizar las transacciones electrónicas.

Como verá ningún servicio juridico de ninguna Entidad se opondrá a que el Administrador no tenga firma. La autorización la determina la Junta de Propietarios, no el Banco, solo faltaría eso, que el Banco se negara a tener una Cuenta y ésta tuviera, por obligación, la firma del Administrador, jaja.
También le digo que dentro de las funciones del Administrador según la LPH (efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes) con esta simple autorización es suficiente, no requiere firma en la cuenta.

Lo que le comentó EveSpirit sobre su funcionamiento es así, en ningún momento mintió sobre su proceder, aunque algunos foreros no le hayan entendido bien, de igual manera Valcap le deja claro la buena actuación de un Administrador frente a los Propietarios.

Un saludo
15/04/2011 09:15
Valcap, me alegra mucho leerte, asi se demuestra que no soy el unico que actua sin firma y lleva perfectamente las comunidades tanto a nivel contable como legal, tengo a todos los propietarios de mis comunidades muy contentos, y doy una alta calidad en todos los aspectos de mi gestión.

Un saludo,
15/04/2011 06:56

El administrador, puede no tener firma, no por ello deja de administrar.
Si es un contable, porque parte de las funciones del administrador es llevar las cuentas de la comunidad.
Puede ver las cuentas por internet, aunque no tenga firma, siempre que la Comunidad lo autorice.
El problema de las cuentas se soluciona fácilmente, el administrador que envié un diario mayor de las cuentas cada tres meses, con fotocopia del extracto bancario correspondiente al saldo que venga en la cuenta de banco.
Esta práctica da algo más de trabajo al administrador de fincas, pero también ayuda a que exista menos desconfianza hacia los administradores.
Y al final de año cuando se envié la cuentas con la convocatoria para aprobarlas, que se le dé a los comuneros, por parte del administrador, la posibilidad de que vean las facturas; para ello el administrador habilitará alguna fórmula, que permita a los comuneros, después de tener las cuentas en su poder, el que puedan cotejar las facturas y aclarar las dudas, verá como en las Juntas hay menos polémica, y se realizan con más agilidad.
El administrador, solamente, tendrá que enviar una nota diciendo, el día tal entre las horas...... , estaré a disposición de los propietarios que quieran alguna aclaración sobre las cuentas en la comunidad, en el despacho, o en la cafetería más cercana al edificio, cualquier interesado llame a la administración, solicitando turno.
El administrador se presenta con sus cuentas y sus comprobantes, aclara las dudas y el día de la reunión aquí paz y gloria.
Lo práctico y me da muy buen resultado.
´Los propios comuneros que se han preocupado de ver las cuentas antes de la reunión, no dejan hacer preguntas sobre facturas o justificantes a aquellos que no se han molestado.
14/04/2011 21:00
Hola a todos:

Para Jade, dice Nieves12, en su primera aportación del 03/04/2011.

- La Presidenta no ha podido conseguir el extracto bancario porque resulta que en la cuenta de la comunidad solo está de alta el Administrador
- El Administrador dice que no nos da el extracto porque es un documento suyo "para su gestión"

Esto indica que además de la Presidenta, ella también quería la documentación, tu aportación dice que no tiene obligación de darla, solo exponerla, enseñarla, ¿incluye también a la Presidenta?

Por otro lado, has incluido una Sentencia, donde afirma que no tiene obligación de darla, según la STS 18 marzo de 2008 recurso 1403/2006.

No estoy seguro, pero creo que es la que dice que no tiene obligación de dar cualquiera sin más, o sea sin control, desproporcionada, ahí estaríamos de acuerdo, hasta cierto punto, que no tiene que ver con los extractos bancarios, más pidiéndola la Presidenta.

Por otro lado, ¿en que parte de la LPH, dice lo que afirmas?, porque si te vas a basar en Jurisprudencia, pero no en la ley, es que estás, insegura de aportar la ley.

Gracias por todo.

Saludos.
13/04/2011 12:40
En efecto. Por eso te he dicho que lo que le has contestado a Jade no era cierto y tus escritos así lo confirman.

Por otra parte, si tienes contrato a través de internet y no tienes firma en las cuentas, es evidente que no realizas los pagos ni los cobros (porque para poder emitir recibos, hay que tener poder de disposición en las cuentas y consecuentemente firma), así que, como ya te dije en otra intervención, tu no administras. Tu eres un contable y punto, no un administrador ¿no?

¿De verdad soy prepotente? Es que me cuesta creer lo que me cuentas, la verdad.
13/04/2011 08:59
No te voy a responder más, no tiene ningún sentido tu actitud, Jade descalifico, y no considero que aqui se venga a descalificar, y ahora tu me estás diciendo que miento, te insisto, tengo contrato a traves de internet, y no tengo firma en las cuentas de las comunidades, haz el favor de no ser tan prepotente y aceptar que hay más formas de trabajar.

Un saludo a todos y fin de la historia, no tengo más que decir digas lo que digas, hay situaciones que llegan a ser cansinas