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Extincion subsidio por desempleo por rescate de plan de pensiones

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
07/02/2013 20:53
Aquí lo que pasa es el dichoso ar. Tiene dos interpretaciones.
Por un lado dice, excepto la vivienda y los planes de pensiones y por otro lado,fondo o plan, prorrateado entre 12 meses.
Si se dispone de bienes de patrimonio, fondos de inversión mobiliaria o inmobiliaria, fondos o planes de jubilación, o cualquier otra modalidad de inversión de capital, excepto la vivienda habitual y los planes de pensiones, que tenga diferida su sujeción al impuesto de la renta de las personas físicas, siempre que no se haya computado su rendimiento mensual efectivo se computará el rendimiento mensual presunto que resulte de aplicar el 50 % del tipo de interés legal del dinero vigente sobre el valor del bien, o
07/02/2013 19:27
Hola, en Abril del 2.011 sin tener ni idea y por necesidades personales nos vimos en la necesidad de rescatar un plan de pensiones privado que se inicio en el 2.003, como el rescate del plan de pensiones fue de 24.000€ ahora el SEPE nos ha supendido la prestación y seguro que nos pide la devolucion de las prestaciones indebidas. Que podemos alegar hay alguna manera de acreditar que el plan de pensiones no es rendimiento de trabajo sino fruto del ahorro del trabajador. Si ese dinero lo tengo en la cuenta no pasa nada sin embargo si es un plan de pensiones es redimiento de trabajo. Quedo a la espea de vuestra respuesta. Muchas gracias de antemano.
29/03/2012 19:36
La comunicación, en mi opinión, no existió. Se debe hacer la comunicación cuando se produce el pago único. Me imagino que el presentó el IRPF porque está obligado hacer una "declaración de rentas anual" al SEPE. La solicitud de rentas anual, al igual que las prórrogas en el resto de subsidios, es un método de control que realiza el organismo para detectar casos como este que comentas.
Si no hay comunicación, aunque se pase de rentas solo un mes, todo lo cobrado posteriormente es cobro indebido porque tras el mes de suspensión hay que hacer una reanudación si vuelve a cumplir los requisitos. El SEPE no reajusta qué meses son los que se pasa de rentas y cuales. Para eso está la comunicación de suspensión y, posteriormente si vuelve a cumplir el requisto de rentas, el beneficiario volver a solicitar la reanudación. De momento el SEPE ha detectado cuando debió de cobrar el subsidio, pero no cuando debe cobrarlo si no hay solicitud.
Salvo mejor opinión.
Saludos.
29/03/2012 18:56
Antes que nada agradecerles su ayuda, muchisimas gracias.
La percepcion del rescate de pensiones se abono en un pago unico, esto es, 7.345,16€, se le aplico una retencion de 1.238,49€, por lo que supera el 75% del SMI, no obstante, tiene un regimen de cotizacion, regimen general (conv. especial) de 5.627,88€.
Le aplicaron directamente la extincion y devolucion de las cantidades por indebidas (ni siquiera pasaron por la suspension) argumentando que no existio comunicacion, sin embargo, esto no es cierto, ya que él entrego la declaracion del irpf. Por otro lado, en la propuesta de extincion le reclamaban 5112,00€, presente un escrito de alegaciones y en la resolucion, le piden 10.53.60 € osea el doble, ahora estoy en la fase de reclamacion previa a la via jurisdiccional.
Veis viable alegar:
1)Si existio comunicacion mediante la aportacion del irpf
2)En todo caso existe una suspension ya que la percepcion de la cantidad corresponde a un mes concreto, y no cabe la sancion de extincion, puesto que existio comunicacion.
3)¿renta irregular?
Espero que me podais ayudar ya que yo de esta materia no tengo ni idea y este caso lo llevo porque es de un familiar que carece de recursos.
Nuevamente mil gracias
29/03/2012 18:50
El rescate se realizo en un solo pago, en enero de 2010. La resolucion extingue el derecho a la percepcion del subsidio y a la devolucion de las cantidades percibidas desde enero de 2010 a diciembre de 2011. Ahora estoy en la fase de reclamacion previa a la via jurisdiccional.No obstante, en la propuesta pedian la devolucion de enero de 2010 a diciembre de 2010, la recurri alegando que el pago debe computarse unicamente en el mes de enero y que en todo caso cabe la suspension y no la extincion ya que existio comunicacion tacita, esto es, entrego el irpf, en la resolucion me dicen que debe devolver desde enero de 2010 a diciembre de 2011, el doble!!!! osea que si no hubiese recurrido y pagado......les mantendre informados!!!muchas gracias
28/03/2012 10:33
Yo no he visto esos convenios, pero también creo que dependerá de cómo ha hecho el rescate el dinero. Si es pago único, se pasaría de ingresos ese año. Si lo esta haciendo mes a mes, tendrá que dejar de rescatarlo para no pasar el límite de ingresos. En ambas situaciones, creo que se debe volver a solicitar el subsidio.
Por favor, infórmanos de cómo termina el tema.
28/03/2012 01:24
htebazile, no me extraña que no sepas que alegar, el tema no es facil ya que la cantidad obtenida por el rescate de un plan de pensiones se considera rentas de trabajo, contabilizándose en el año de su percepción.

A ver, primero tenemos que analizar como se ha hecho el rescate si con cuantía mensual o de pago único.

una posible causda de alegacion:

Si se ha hecho de pago único, el Art. 7 RD 200/2006, establece que si las rentas, en vez de percibirse con periodicidad mensual, se decidiera hacer efectiva esa prestación en forma de capital o
pago único dentro del año, el importe percibido, se prorratea entre los 12 meses que tiene el año. Sí la cantidad resultante del prorrateo es inferior al 75% del SMI., podrá seguir teniendo el derecho al subsidio de desempleo.
Extincion subsidio por desempleo por rescate de plan de pensiones
27/03/2012 23:30
Buenas a tod@s, tengo una consulta que hacer:
Mi cliente viene de un ERE en el que existe un convenio especial con la seguridad social, cobro durante dos años prestacion contributiva y luego paso al subsidio por desempleo para mayores de 52 años, en el año 2010 rescato un plan de pensiones, el SPEE le comunica que tiene que devolver las cantidades percibidas por indebidas desde 01/01/2010 al 01/01/2012 por tener rendimientos de capital mobiliario superiores al 75% del SMI y tambien le extinguen dicho subsidio, tengo que presentar la reclamacion previa y no se que alegar, alguien ha tenido un caso similar y me podria ayudar, es que estoy desesperada. ¿si viene de un convenio especial le pueden quitar el subsidio? en las nominas que el me entrego aparece como que la empresa le da el dinero al SEPE (426€) muchisimas gracias