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Extinción por falta de pago

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Extinción por falta de pago
22/01/2008 21:38
Hace 3 años se nos congeló el sueldo y eliminó la paga de beneficios (contemplada por el Convenio de Oficinas) y a cambio no recibimos nada salvo amenazas de despidos que de hecho se cumplieron. La última revisión del Convenio abolió la antigüedad (6% trienal) y para guinda la empresa eliminó incentivos que por no ser de ley nadie reclamó. Mi poder adquisitivo se ha reducido más de un 25%.

Además yo he sido el más perjudicado ya que mis jefes finiquitaron a todos mis colaboradores –los más baratos por su corta antigüedad-y ahora cargo absolutamente con todo.

Ese pacto ha vencido y nos han dicho que no hay nada que renegociar y todo ha de seguir igual. Todo es lo mismo que hace 3 años: los negocios no van bien, hay que apretarse el cinturón y –ante todo- su obsesión de que una paga de beneficios no tiene sentido en época de crisis y que “importa 3 bledos si lo dice el Convenio o el Papa”. También uno de esos hijitos de papá se permitió decir “La Ley somos nosotros y a quien no le guste ahí tiene una puerta muy grande”

A pesar de una edad muy crítica como mis 48 años yo no soporto más a estos hijitos de papá ni mi ritmo de trabajo ni su prepotencia. Pero tampoco quiero dejarme llevar por mi ímpetu. Si me dejase llevar mañana les enviaba a tomar viento pues resulta muy angustioso sacar –de donde no lo hay- ánimo, esmero y hasta entusiasmo para soportar toda una jornada laboral.

Mis compañeros no quieren saberse nada de sindicatos o procedimientos judiciales. Lo critico pero entiendo que cada uno tiene sus circunstancias y que nuestra edad, 45- 50 años, es muy difícil. Lo que me preocupa de la pasividad que estamos demostrando es que los jefes vayan subiendo el tono y que de una congelación pasen a una reducción de salario y que en Julio también nos quiten la paga de vacaciones y que al final nos hagan pagar la factura de la calefacción. Todo ya es posible desde el día en que les manifestamos una absoluta sumisión.

¿Qué pretendo con todo esto? Simplemente salir de esa empresa pero con la dignidad suficiente que merecen mis 25 años de antigüedad. No busco artimañas ilegales para provocar mi despido. Todo lo contrario. Confieso que estoy harto y que mi salud se están resintiendo y lloraré el día que salga de esa casa pero no aguanto más. 25 años son muchos años y yo he contribuido con mis sacrificios a levantar el Imperio que estos niñatos han heredado pero ya no aguanto más. Además estoy convencido de que esta política de sobrecarga laboral y de recortes es un “mobbing”, es una estrategia de desgaste y es sólo el principio. Si mis compañeros se aferran a no echar por la borda 25 años de antigüedad a menos que se les indemnice correctamente, están muy equivocados.

Mis jefes –con su decisión de hace 3 años y su renovación actual- han abierto la puerta de la ilegalidad ¿o no?. La expresión “la Ley soy YO” debería pagarse muy cara. Repito que no busco artimañas ilegales sino todo lo contrario: disposiciones legales que sirvan de escarmiento a su ilegalidad y que les enseñe que “Ellos No son la Ley” ni tampoco los más listos. Si a ellos no les interesamos sólo tienen que indemnizarnos y después suplirnos por mileuristas pero los 7 que quedamos de los 25 que éramos antaño somos muy caros y por lo tanto irán girando la tuerca del garrote-vil hasta eliminarnos si antes no declaran una quiebra. Ellos dispone de unas condiciones muy apropiadas para amañar los números, liquidar las deudas con sus acreedores –excepto con sus trabajadores- y declararse en quiebra en cuestión de semanas. Y adiós al finiquito y a la indemnización.

Me gustaría adelantarme a sus claros propósitos y demostrarles que hay gente más lista y más legal que ellos. Recuperar lo que me han quitado no me sirve ya que lo pagaría a un precio muy caro y la manada de niñatos se ensañaría conmigo. Además eso me parecería una injusticia ¿acaso reponer lo robado es un eximente del delito cometido?

Si el Artº 3(5) del ET dice “Los trabajadores no podrán disponer válidamente, antes o después de su adquisición,bla bla bla.” ¿Eliminar por el morro un paga-extra de beneficios no es un delito? Alegar que –lo diga el Convenio, la Ley o el Papa de Roma- en épocas de crisis esa paga es absurda ¿no es un delito? . ¿Por la misma regla de tres si yo me convierto al Islam también me quitarían la de Navidad por no ser cristiano, digo yo?.

Finalmente agradeceré si me explicais cómo funciona el Artº 50 del ET, el que se refiere a la extinción del contrato laboral por parte del trabajador en lo que respecta a la falta de pago del “salario pactado” y a la indemnización que correspondería. ¿Se podría aplicar en mi caso amparándome no sólo en la paga-extra sino también en la congelación del salario? Añadiré que hace 3 años yo no firmé el papel que nos presentaron donde se detallaba la congelación y la eliminación de la paga-extra. Mi nombre figura en ese escrito pero me negué a firmarlo.
Gracias y saludos
06/02/2008 22:04
Desafortunadamente mi mensaje anterior no tuvo ninguna contestación. No obstante tengo otra duda que aquí os expongo con la esperanza de recibir algún consejo.

Mi convenio dice: “Los trabajadores que tengan conocimiento de uno o varios idiomas y hagan uso de ellos por necesidades de su trabajo, percibirán una bonificación del 20% sobre el salario base”

Yo estoy en ese caso pues el inglés, hablado y escrito, es fundamental a diario. Por ese motivo yo me he convertido en un burro de carga. Es decir, yo estoy asumiendo –por imposición- trabajos como contabilidad, facturación y otras tareas pero sin embargo no puedo delegar en nadie. Añadiré que durante estos 25 años la empresa no ha invertido ni un céntimo en mi reciclaje linguístico.

Tengo la categoría de Jefe de Adm 1ª y en mi nómina jamás ha figurado ese complemento o bonificación. Mientras las cosas han ido bien no me he preocupado de ese 20% pero ahora todo es diferente.

También añadiré que mi nómina y las de mis compañeros van muy por encima de las tablas salariales. ¿Y qué nómina no va por encima? Las tablas de un convenio las entiendo como un mínimo legal. Si se cumplieran a rajatabla el jefe de la oficina –sin ser titulado- sólo cobraría 1340 euros en lugar de los 3.000.

Alguien me dijo que mientras mi salario base excediese el establecido en las absurdas tablas salariales del convenio yo no podría jamás ejercer mi derecho a reclamar ese 20% salvo si aceptase una reducción del 20% y después un incremento del 20%. ¡Qué cosa más tonta!

Espero y agradeceré vuestros consejos y opiniones

Gracias y saludos