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Extinción por fallecimiento inquilino

5 Comentarios
 
06/01/2017 12:47
Srta. Mónica
Vale. Pues con ese dato de la fecha y a falta de leer el contrato puedo decirle que si pactaron esa cláusula de indemnización de 2 meses, tienen que cumplirla. Insisto en que habría que leer el contrato, pero en principio todo es correcto y tienen que pagar esa indemnización.
Lo que debe hacer su tío es remitir burofax a la inmobiliaria diciéndoles que renuncia al contrato y que les cita tal día a tal hora para hacerle entrega de las llaves. Deje de pagar la renta a partir de ese día de entrega de llaves y ya está.
Manténgase firme en esta postura y no haga caso de lo que le diga la inmobiliaria.
06/01/2017 11:25
Srta. Mónica
La fecha del contrato es de 4 de abril del 2013. Muchas gracias por sus respuestas.
06/01/2017 10:47
Srta. Mónica
Antes que nada sería necesario leer el contrato y también sería importante saber de qué fecha es el contrato.
Aun así voy a responderle lo mejor que pueda asumiendo que el contrato no es de renta antigua.
1.- Lo primero es que su tío ha firmado como co-titular, por tanto es inquilino a todos los efectos, aunque no viva en la vivienda alquilada.
2.- Por tanto creo que la única forma de “dejar el piso” sería que su tío comunicara a la inmobiliaria que lo abandona y pagar la fianza de dos meses como indemnización.
3.- No le extrañe que la inmobiliaria no pueda localizar al propietario, hay gente muy informal. De todas formas es posible que la inmobiliaria esté intentando “cerrar” el alquiler según sus propias “reglas”, cobrar los dos meses de fianza y luego, a toro pasado, ponerse en contacto con el propietario y decirle que se le ha quedado vacío y ya está. También esto es posible.
05/01/2017 19:28
leonjbr
El contrato dice que mi madre debía dar dos meses si se iba del piso, pero no tengo claro qué ocurre en caso de su fallecimiento, como única inquilina empadronada allí. Mi tío firmó como co-titular del contrato pero nunca llegó a vivir en la vivienda, ni fue empadronado. Acerca de la fianza, no hay desperfectos, pero al haber fallecido la única inquilina, supongo que la fianza le corresponde al otro titular. Ni mi tío (que vive a 50km) ni yo tenemos recursos para pagar el alquiler de un piso en el que ha fallecido la única inquilina. Además, lo que me extraña es que no localicen al propietario y nos tengan en ascuas, cuando nosotros ya avisamos hace días del fallecimiento a la Administradora de fincas.
05/01/2017 18:07
Srta. Mónica
1.- Lo primero que tengo que decirle es que para poder darle una respuesta totalmente segura habría que leer el contrato.
2.- En cuanto a pagar la renta: en principio si porque parece ser que su tío ha firmado como inquilino, con lo cual (en principio) vive en esa vivienda y por tanto tiene que pagar.
3.- ¿A qué se refiere cuando habla de darle al propietario los dos meses, a la fianza?
4.- La fianza, en principio, debe devolverse si no hay desperfectos en la vivienda.
Extinción por fallecimiento inquilino
03/01/2017 20:59
Buenas. Mi madre era inquilina de un piso y falleció el 23 de diciembre. La semana pasada avisamos a la administración de fincas, ya que ella era la única inquilina del piso, aunque mi tío firmó también como titular del contrato sin haber vivido nunca allí. Hemos reiterado varias veces con que la administración de fincas nos dé una respuesta pero dicen que no localizan al propietario porque está de vacaciones. ¿Pueden reclamarle a mi tío los gastos y el pago del alquiler que se van generando, aunque nunca haya estado empadronado allí y nosotros hayamos avisado del fallecimiento de la única inquilina? ¿Hemos de darles los dos meses al propietario siendo una defunción? ¿Qué pasa con la fianza en este caso? Muchas gracias.