Hola, soy funcionario de un Ayuntamiento, y mi duda es la siguiente:
Existe alguna fecha límite para reclamar el impago de unas nóminas atrasadas, NO en su totalidad, sino solamente algunos complementos que tanto yo como otros compañeros de trabajo en mismas circunstancias no cobramos, y que no solictamos nada en su momento porque pensabamos que no teníamos derecho en su momento (estoy hablando de los meses de Enero a Abril, ambos inclusive, de 2007).
Lo digo porque en aquellas fechas si reclamamos unas cantidades debidas, las correspondientes a los meses de mayo-junio-julio 2007, que considerabamos con razon, que nos mereciamos (las circunstancias de estos meses con respecto a las otras fechas arriba reflejadas, es que se realizaban una serie de trabajos que debian ser remunerados en estos 3 meses, y en los otros no), y que finalmente nos pagaron, sin tener que poner recurso alguno (no hace falta decir que ya están caducos todos los recursos).
La cosa es que dos años mas tarde, otros nuevos compañeros de trabajo en las mismas circunstancias (nuevo ingreso-academia formación), solicitaron lo mismo al ayuntamiento, sólo que este no les pago, recurrieron y recurrieron, hasta llegar al contencioso, que finalmente hace un mes les ha dado la razón, y ha obligado al ayuntamiento a pagarles no solo el equivalente a los meses que me pagaron a mi en su momento, si no también esos 4 primeros meses de formación-academia, que creo no habian solicitado (al menos no de forma expresa).
Mi pregunta es si ahora, tanto yo como los que en su momento reclamamos esos meses que si nos pagaron, podemos reclamar el pago de los complementos de esas nóminas (enero-abril 2007) basándonos en la sentencia del contencioso.
¿estamos dentro de plazo para poder reclamar?
¿habría otras vías, como el recurso de amparo?
Muchas gracias....