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¿extincion o suspension?,liquidacion

5 Comentarios
 
21/06/2009 20:15
Espero haberte sido de ayuda y para eso estamos, para ayudarnos los unos a los otros. Un saludo. Si necesitas alguna otra aclaración, no tengo inconveniente en ayudarte de nuevo.
21/06/2009 20:10
muchisimas gracias ,de verdad estaba muy preocupada con este tema.
al no extinguirse la relacion laboral por reserva de puesto de trabajo,creia que no me liquidaban nada. y a unos dias de tener que pagar la paga extra de verano.
gracias por todo
21/06/2009 20:06
Por supuesto que si, es cometido de la empresa exponer en la liquidación cada concepto con su cuantia correspondiente, de éste año en curso 2009. Aún tardará la carta en llegarte, pero como ya tienes en tú poder por medio de la firma digital, la resolución, es un documento totalmente válido y que puedes presentarlo en la empresa, te digo ésto para adelantar tiempo y no esperar, por si la empresa te pusiera alguna pega. Desde el 17 hasta el 30 de junio te paga la SSGG.
21/06/2009 19:48
gracias por contestar.
entonces aunque sea suspension y no extincion ¿me tienen que liquidar las partes proporcionales de lo que me pertenezca?.
gracias
21/06/2009 19:41
Hola chipi68, me encuentro en tu misma situación:
1º-la empresa te debe de hacer una liquidación del año en curso de las partes proporcionales de las pagas extraordinarias verano y navidad, tb las vacaciones no disfrutadas y la parte del mes hasta el 17 que pasas a la SSGG y nada mas. NUNCA ES FINIQUITO, sino liquidadción, por que al ponerte fecha de revisión tu contrato queda en suspensión y nunca en EXTINCIÓN. NUNCA FIRMES un documento en el que te ponga FINIQUITO, por que estarias renunciando por mutuo acuerdo a tu posible reincorporación a tu puesto de trabajo, si te dieran apto dentro de dos años.Espero haberte sido de ayuda. SUSPENSIÓN significa a la espera de la nueva revisión y posible reincorporación y sin embargo EXTINCIÓN significa que te desvinculas por completo de la empresa. Ten mucho cuidado con lo que firmas.Un saludo
¿extincion o suspension?,liquidacion
21/06/2009 16:48
hola .me han declarado invalidez permanente total con revision dentro de dos años por mejoria,mi expediente lo sigo por la pagina de la seguridad social,aunque a mi no me han notificado nada todavia, desde el dia 17 he pasado a la s social.
vamos a ver,este mes me deben de pagar la empresa la paga extra.
mi pregunta es:¿a la empresa se lo notifican cuando me lo notifican a mi o la empresa lo sabe antes que yo?.
al ser invalidez total con reserva de puesto de trabajo ,¿es extincion o suspension?y ¿que liquidacion me pertenece,o no me pertenece ninguna liquidacion?