¿Cuando se ha introducido en el contrato una clausula resolutoria por impago, puede interponerse acción judicial para exigir la extinción de un derecho de superficie por impago del canon, reclamación y cancelación del mismo en el Registro¿ ¿O ha de exigirse de otro modo? Hablo de Cataluña, en vista del art. 564-4-4 del CC?