Buenas, si el plazo que había estipulado para estar en la vivienda ha finalizado y me paga solo cuando quiere (lo estipaldo de cuando podía estar en la casa), si solicito la extinción del condominio, ¿directamente se le dice que debe irse o hay otro trámite para esto?
Si se llegase a un acuerdo iniciado ya la petición de extinción del condominio y/o el que se vaya y se llega a un acuerdo, tipo alquiler, se puede paralizar?
¿Qué plazo suele darse hasta que se va? ¿El tiempo que está demás hasta que se va se está en su obligación de pagarme, se le puede reclamar? Gracias
La demanda de extinción de condominio inicia el trámite para el cambio de titularidad del inmueble, no afecta a la ocupación. Para "echar" a alguien de una propiedad que no puede usar hay que solicitar una demanda de desahucio por precario.