Un hermano vende a otro el usufructo de una vivienda. Ahora quieren que el hermano 1º vuelva a recuperar la plena propiedad de la vivienda. ¿que operación es más beneficiosa?
Una posibilidad es que el hemano 1º pague al 2º por el usufructo una cantidad de dinero. Tributaría por Transmisiones patrimoniales.
Otra es extinguir puramente el usufructo ante notario. Cómo tributa esto?
Alguien me ha comentado que si se espera a que muera el usufructario, no hay que pagar nada a hacienda. ¿Es eso cierto? ¿si no lo es, como tributa?