Una viuda queda con el usufructo de una obligaciones a 10 años y durante este tiempo, cobra los intereses. Ahora se han cumplido los 10 años y las obligaciones se han amortizado.
¿La amortización de las obligaciones ha extinguido el usufructo o deben los nupropietarios, con el capital resultante, volver a suscribir acciones y poner a disposición de la viuda los intereses de nuevo?