Necesitaría información sobre como extinguir unilateralmente una comunidad de bienes.
Tengo dos hijos, con mi ex-pareja, nunca nos casamos por lo que hemos sido pareja de hecho, yo abandone mi trabajo para trabajar con él y después me hice ademas cargo del cuidado de los hijos, al iniciar el proceso de separación me despidió, por lo que en la actualidad no dispongo de medios económicos, al no estar casados en el juicio de separación no se extingue la comunidad de bienes.
Disponemos de 3 propiedades al 50% dos de las cuales tienen una hipoteca,y como medida de presión mi ex-pareja ha dejado de abonar las hipotecas (desde primeros de año) por lo que los bancos están iniciando el proceso de embargo.
Existe alguna manera de forzar la venta a terceros? ya que el precio que pretende el abonar por las propiedades es irrisorio?
No hay Juicio de separación, supongo que se trata de Medidas a adoptar para regular las pensiones que se deben abonar por los hijos y el régimen de visitas.
En los procedimientos de División de la Cosa Común, deben valorarse los bienes, y si uno de los copropietarios los adquiere, deberá abonar en consonancia con la valoración; si no los adquiere ningún copropietario, puede solicitarse que salgan a subasta pública.
Amplio información, ha habido solicitud de medidas cautelares que mi expareja está incumpliendo y estamos pendientes de que salga el juicio de ratificación de estas, pero el aspecto patrimonial no quedará resuelto y mientras no se están pagando las hipotecas. Naturalmente no nos ponemos de acuerdo en el precio de estas y el intenta modificar las medidas judiciales en el acuerdo. Como puedo solicitar que salgan a subasta pública? Cuanto tiempo puede pasar hasta que se materializa la venta?
Por lo que he entendido, creo que está usted mezclando dos procedimientos distintos.
Las medidas sobre los hijos menores, es una cuestión. Otra cosa es la administración de los bienes que usted compró en su día con su pareja.
Las medidas seguirán su procedimiento y establecerán lo que corresponda en cuanto a guarda y custodia y pensión de alimentos.
Por otro lado, por lo que dice son propietarios al 50% de unos inmuebles. Usted puede iniciar ahora un procedimiento para obligarle a que el bien salga a subasta y se repartan los beneficios.
En este sentido debe tener en cuenta que el procedimiento para obligarle a subastar será caro y largo, y en subasta, vender un inmueble con hipoteca... es complicado. Menos problemático sería colocar en subasta el bien no hipotecado. En cualquier caso, dependiendo mucho de que jugado estemos hablando, el proceso pude alargarse muchos meses.
Dependiendo del valor de los inmuebles, y de lo que se haya pagado ya, puede valorar también la opción de negociar una dación en pago, para al menos no acumular deudas para el futuro.
En cualquier caso, acuda a un abogado que estudie detalladamente su situación y negocie la opción con mejor viabilidad.