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extinción de sociedad limitada

2 Comentarios
 
Extinción de sociedad limitada
25/08/2009 19:59
hola, me gustaría que alguien pudiera orientarme sobre el siguiente tema. Somos seis hermanos que formábamos (o formamos) parte de una sociedad limitada donde el administrador era nuestro padre. Desgraciadamente él murió hace cerca de cuatro años y la empresa automáticamente se cerró. Alguien nos aconsejó que dejáramos un plazo de tres años sin actividad para disolver la sociedad, y ahora al parecer nadie nos puede decir claramente qué necesitamos presentar, firmar, pagar... para acabar definitivamente con la sociedad. Por favor, si alguien sabe acerca de esto le estaré profundamente agradecido, muchas gracias.
26/08/2009 00:08
Hola dalfitz,

En efecto la inactividad durante tres años, permite disolver la sociedad. disolución de la sociedad que determina la apertura del proceso de liquidación de la misma, durante el cual conserva su personalidad jurídica y deberá añadir la frase "en liquidación" a su denominación social.

¿Cuál es el procedimiento para la disolución?

La Junta General de la sociedad tome el acuerdo de disolución, acuerdo que deberá contar con el voto favorable de la mayoría de los votos emitidos, que a su vez representen una tercera parte del total de los votos correspondientes a las participaciones sociales en las que se divide el capital de la sociedad.

Cuando concurre una causa para la disolución de la sociedad, los Administradores están obligados a convocar la Junta General en el plazo de dos meses para adoptar el acuerdo de disolución, pudiendo cualquier socio solicitar de los Administradores dicha convocatoria si a su juicio concurre causa para la disolución.

Salvo que los estatutos de la sociedad establezcan otra cosa o que se nombre liquidadores a otras personas en el acuerdo de disolución, ejercerán como liquidadores las mismas personas que hasta esa fecha tenían el carácter de Administradores de la sociedad.

Una vez finalizadas las operaciones liquidatorias, los liquidadores deben otorgar ante Notario una escritura pública de extinción de la sociedad. Dicha escritura incorporará el Balance Final de Liquidación y un listado de los socios con sus datos de identidad y el valor de la cuota de cada uno de ellos.

Salvo mejor opinión.

Un saludo,




26/08/2009 13:19
Hola Dalfitz, lo primero que tienes que hacer: es una junta de accionistas, pagar las deudas que tenga la empresa,tener las memorias y balances de 4 ó 5 años y, después cerrarla. Si no se hace de esta manera tendrás grandes problemas, más los buenos consejos de Katia .
Saludos