saludos tengo un caso muy similar y me gustaria tener esa sentencia (la de primera i nstancia y la de la audiencia) con los datos borrados porque me sería de mucha utilidad.
si fuera posible por favor enviemela a suadiabogado@yahoo.es
Kunny13 ¿seria posible una copia de la sentencia de la Audiencia (evidentemente con todos los datos borrados) con los Fundamentos de Derecho y el fallo.
Y enhorabuena.
Muy Buenas a todos.
El motivo de " reflotar" este asunto, es que imagino ( o al menos eso creo) que es interesante ver los desenlaces sobre las consultas que muchos hacemos, y que caen en el olvido de quienes los iniciamos, buscando respuestas, sugerencias, y en definitiva vuestra ayuda.
Cómo estas cosas van despacio, vosotros mejor que nadie lo sabéis, os pongo la resolución de este tema sobre la Extinción, por parte de la Audiencia, y en Sentencia Firme.
La parte contraria, como era de esperar, recurrió la Sentencia de 1ª Instancia, y en la Audiencia se les desestimo, ratificando íntegramente la dictada por el Juzgado de Instrucción.
La Sentencia ya se ejecutó, y dese entonces, tengo un Porche en la entrada de casa de 50m2. Decir que tras la primera Sentencia, cambiaron de su Abogada de toda la vida, y cogieron los servicios del Decano del Colegio de Abogados de mi localidad, que fue quién interpuso el Recurso. Después de 11 años de pleitos, el asunto se ha zanjado.
Por si " interesa" la Audiencia entendió, que aunque la Servidumbre se entendía voluntaria, esta " ........se consideraba forzosa por la segregación de la finca matriz, pués al realizarse este acto dejaba a una enclavada sin salida alguna", y que "..con las modificaciones urbanas efectuadas en el tiempo, esta a pasado a tener salida a vía pública, por lo que se considera innecesario gravamen alguno sobre el Predio Sirviente".
En resumen, después de muchos abogados, mucho dinero, y muchos problemas, hemos conseguido extinguir de por vida, una Servidumbre de Paso constituída legalmente en el año 1.936.
Si alguien necesita algun detalle, con gusto lo haré saber.
Un saludo a todos y muchas racias por vuestros comentarios.
Sabelotodo, eso pensaba yo, pero según los Fundamentos de Derecho y explicación cito:
..." no pierde el carácter de servidumbre forzosa la constituida a favor de un predio enclavado por la simple ciscunstancia de " haberse establecido en titulo voluntario" S.T S 17 de Noviembre 1930, 15 de Junio de 1993 y 23 de Marzo de 2001"......................" nada impide que la servidumbre forzosa pueda constar en un titulo voluntario, pero no evita que pierda la naturaleza de coactiva por una necesidad evidente, aunque sea constituida voluntariamente"" S.T.S. 23 de Marzo de 2001.
Lo bueno es que los problemas han terminado.
Muchísimas gracias a todos/as, por vuestros comentarios.
Un abrazo.
Juicio de Extincion de Servidumbre ganado.
Bien fundamentado, por Servidumbre forzosa.
En 1ª y en la Audiencia.
Caso cerrado..........................para siempre.
Estoy totalmente de acuerdo con "sabelotodo", más incluso creo que la solicitud de extinción que se pide argumentando el artículo 568 del Código Civil llegará a buen puerto debido a que efectivamente no es una servidumbre de paso pactada voluntariamente, sino por imposición legal al segregarse dicha finca de la de Ud.
Además si se construyera nueva edificación a Ud. se le acabaría el problema dado que la nueva construcción tendría acceso a vía pública nueva y directa.
Contestación realizada por gentileza de www.movilgestion.es
Lo que debes distinguir es el tipo de servidumbre que se ha constituido.
Supongo que vas a alegar el artículo 568 del Código Civil que declara que Si el paso concedido a una finca enclavada deja de ser necesario por haberla reunido su dueño a otra que esté contigua al camino público, el dueño del predio sirviente podrá pedir que se extinga la servidumbre, devolviendo lo que hubiera recibido por indemnización.
Lo mismo se entenderá en el caso de abrirse un nuevo camino que dé acceso a la finca enclavada".
El problema es que este artículo no es de aplicación a las servidumbres voluntarias, de modo que si no consta que una servidumbre naciera por imposición legal de los artículos 564 y siguientes, no cabe extinguilra por aplicación del artículo 568 del CC.
Mi finca está gravada con una Servidumbre de Paso de 3'33m, que figura en mi Nota Registral desde 1.916, por que la Finca " dominante " se segregó de la mía, y quedó enclavada. Ahora tiene salida directa a vía pública, y tenemos la demanda para interponer ya, para Solicitar la Extinción, tenemos muchísimos problema con el Predio Dominante, que dice que el Paso es suyo, aunque Judicialmente ya está aclarada la propiedad del mismo. Aportamos como pruebas, Acta Notarial con reportaje fotográfico, de que la Finca tiene salida directa a vía pública, Informe Técnico del Ayto, certificando, que para acceder a dicha finca, no es necesario atravesar mi propiedad. La finca no es domicilio habitual del Predio Dominante, si no que la tiene cómo pensión ilegal, ya denunciada en el Ayto, ( qué no hacen nada para atajarlo, y cómo el le dice a sus "clientes" que el Paso es suyo, estos lo utilizan como aparcamiento, y mi entrada a mi casa es por el Paso, y si estaciónan un vehiculo, he de entrar por el garaje que da a otra calle¿Qué posibilidades ves de que prospere el solicitar la extinción?. Sabemos que están de tratos para vender la finca y construir un edificio, en caso del que el Procedimiento me saliese mal, ¿he de soportar la carga de que el acceso a dicho edificio, sea por mi propiedad?, Pienso que el derecho de Paso es para una finca, si esta es derribada, se convierte en otra distinta con nº de Registro difernete por obra nueva, luego el derecho a paso dejaría de existir, ¿no?. Estamos en una situación muy al límite, por favor aconsejame, gracias