Gracias Suco:
Pero tengo duda sobre como hacerlo formalmente, no he vuelto hablar con quien fue mi abogado. Sol recuerdo que hay que hacer un inventario o algo así. ¿Podrías explicarme el procedimiento completo?.
La extinción de condominio la puede hacer al mismo tiempo que la ampliación de la hipoteca. debe notificarlo al banco para que su gestoría realice los trámites necesarios. Tendrá que abonar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (suele ser el 1% del 5o% que posee su ex) y los gastos de Notario y Registro. Es mucho más barato que una compraventa (que paga el 7% de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales). Desde el momento en que Ud. posea el 100 % de la vivienda se podrá deducir por el 100% de las cantidades que abone por su nueva hipoteca.
Tras divorcio y de acuerdo al convenio regulador, mi ex y yo debemos repartir los ganaciales del matrimonio (vivienda y vehículo).
La parte más notable es la vivienda que quiero para mi (ahora hipotecada al 50%). Para ello ampliaría la hipoteca y pagaría el 50 % a la EX.
Creo que el protocolo más adecuado es hacer "extinción del condominio".
¿Como lo hago?. Voy directamente al notario o a mi abogado donde con un inventario y la sentencia podría registrar la propiedad a mi nombre.
¿que gastos hay, y quien los paga?
¿como serán las desgrabaciones por la vivienda?.