Si no hicisteis liquidación y dices que la otra parte se llevó todo el ajuar de la vivienda, creo que lo más práctico es interponer procedimiento de liquidación. Ella ya se ha adjudicado por la vía de hecho unos bienes que eran de la sociedad de gananciales, y su valor hay que restarlo a su participación en los gananciales.
Estudia un poco esta vía, por si es más baneficiosa o ventajosa para tu cliente.
Hola; liquidacion todavia no se ha hecho pero al entrar mi cliente en la casa la otra parte se llevo el ajuar, asi que lo unico a liquidar es la propiedad.
Intentar llegar a un acuerdo lo ha hecho por todos los medios, comprar su parte que es un 25%, dar mi cliente su parte sin tener que dar dinero la otra parte, pero es imposible llegar a un acuerdo. El regimen era ganancial, mi cliente es propietario de 75%, deudor con en el banco solamente el.
Mi pregunta es: ¿si se presenta extincion de condominio el uso se retira a la otra parte? pues es uso compartido de ambos co-titulares, no de la menor, y en la sentencia pone que se comparte hasta que se pacte la venta.
Gracias
Supongo que habréis intentado todas las soluciones amistosas previamente... Tu cliente debe saber que si llega a subasta el precio por el que se subaste sea bastante inferior a lo que pretenden sacar, además de que si la casa está gravada con hipoteca, primero el capital irá a satisfacer la hipoteca, y lo que quede, si queda, a repartir.
Otra cuestión ¿qué régimen economico tenían? Hicieron liquidación de gananciales? ¿Se ha planteado tu cliente la posibilidad de comprar la parte de propiedad de la parte contraria?
Hola, gracias por la respuesta.
No es el domicilio habitual de la menor. El uso los tiene los padres por anualidades, independientemente del sistema de custodia compartida, que es semanal, la menor esta en ambas casas y la madre tiene acceso la vivienda.
La sentencia refleja que los padres haran uso por anualidades hasta que se pacte la venta, pero claro la otra parte es reacia , pues abona 75 euros de hipoteca, un año tiene mas gastos pero otro esta mejor.
Espero su respues y de nuevo A.R
¿Esa casa constituye el domicilio habitual de la menor? En ese caso, no sé si aceptarán la división de la cosa común.... Salvo que puedas probar que la otra parte dispone de otra vivienda adecuada donde poder cumplir con el tiempo de custodia que le corresponda.
Hola; soy abogado y se presente un caso nuevo, tengo una duda en referente a un cliente, ¿cuando hay uso alterno por anualidades para ambos propietarios se puede solicitar la extinción de condominio? entiendo que si, pues en este caso no hablamos en un supuesto de familia, sino en la liquidación de una comunidad de bienes. Ambos propietarios tienen custodia compartida pero el uso lo tiene ambos propietarios, no la menor, pienso que es indiferente de cara a liquidar la co-propiedad. Cuota en la propiedad de mi cliente 70%, cuota de la otra parte 30%, deudor ante el banco, solamente mi cliente.
Espero la respuesta de un experto.
Gracias, y saludos.