Ya depende de cada caso, pero tampoco es tan grave que no te saquen de la hipoteca en una extinción de condominio; por supuesto que sí que puede serlo en el caso de que quieras comprarte otra vivienda a crédito y dependa de eso que no te den la financiación, como en el caso que se está exponiendo, pero si no no tiene por qué. En algunos casos podría convenir la extinción de condominio aunque no se te retire de la hipoteca; por ejemplo si no vives ya ahí (ya que te ahorras tener que pagar la cuota, que de otra forma te pueden reclamar por acción de repetición, y recuperar quizá algo del valor invertido), y o no vas a comprar otra vivienda o tienes ingresos suficientes pese a esto, todo esto siempre y cuando el valor de la vivienda sea superior a la deuda, esto es lo más importante, porque solo en ese caso lo que se embargaría sería solo esta y nunca a ti como titular; si no sí que es un riesgo demasiado elevado. Si el valor es menor casi el único "fleco" que se te queda suelto es que podrían negarte otra hipoteca si el importe de en la que aún figuras es mucho respecto a tus ingresos (si no puede que no suponga ningún impedimento), pero por lo demás es incluso lo recomendable tras una separación, la extinción de condominio, aun sin cambio de hipoteca. Si puedes negociar con el banco que te retiren de la hipoteca, pues mucho mejor siempre, y te ahorras cualquier posible problema, sin duda, pero eso ya depende de cada caso, puede incluso seguir siendo interesante aunque no sea así. Cada caso es único.
Para tener garantías de que quien se quede con la vivienda, será tambien el "único" obligado al pago solo hay una formula:
- Oferta vinculante por escrito (por supuesto) del Banco de que concede la subrogación del saldo actual al conyuge que se quede con la vivienda.
- Y que el mismo dia que se firme la disolución del proindiviso o de la sociedad ganancial ante Notario, a continuación se firme escritura con el Banco con novación de hipoteca (o hipoteca nueva con cancelación de la antigua) ya exclusivamente a nombre de uno.
Lo coherente sería consultar directamente con el Banco cual es la formula habitual con la que suele operar, y hacerlo con su Notario.
Por desgracia no se puede obligar. Si habrá pagado para el cambio de escrituras pero usted sigue dentro de la hipoteca. Yo estoy mirando muy bien este tema, porqué estoy valorando la extinción de condominio, y si mi ex marido no me presenta la garantía de que el banco me saca totalmente de la hipoteca, desde luego no sigo por ese camino...
Exacto es ella la que tiene que gestionar todo esto con el banco. Es obvio que el banco se puede negar a sacarle de dicha hipoteca, a no ser que ella sea lo suficientemente solvente con su nómina, Si fuera lo contrario debería presentar un avalista o una persona también solvente con nómina. El banco es el que tiene la última palabra. Por desgracia!!!!
Al banco lo que hayáis firmado entre vosotros sin su presencia y su firma lógicamente ni les va ni les viene. Eso de que en ese acuerdo ante notario se diga que la entidad acreedora debe liberarte, es como si voy al notario y firmo yo en un acuerdo con mi ex que el rey debe abdicar o que el vecino me regala su casa.
Lo debe hacer ella, negociando con el banco como sea para liberarte, presentando otro avalista o lo que le pidan. Entiendo que es un compromiso adquirido por ella ante notario, aunque si no lo hace tampoco veo muy bien cómo obligarla, no sé. Lo suyo habría sido negociarlo antes con el banco.
Buenas tardes,
En octubre del año 2011 firmé ante notario junto con mi ex pareja, una extinción de condominio de una vivienda que nos pertenecía por mitad y proindiviso. Dicha vivienda tiene concedida un préstamo hipotecario con una entidad bancaria, en el cuál aparecemos los dos. En el acuerdo de extinción de condominio se especifica claramente que la entidad acreedora debe liberarme de cuantas obligaciones personales deriven del mencionado préstamo.
La sorpresa viene cuando, a día de hoy voy a solicitar un préstamo hipotecario para adquirir una vivienda con mi actual pareja, y aparece que sigo estando en la Central de Riesgos del Banco de España (CIRBE). He puesto una reclamación a la entidad que me concedió el primer préstamo y me alegan que como ellos no resultaron parte en el citado proceso (extinción de condominio) entienden que debo seguir apareciendo en CIRBE.
También me he puesto en contacto con mi ex pareja, comunicando la situación y me ha dicho que ella está dispuesta a que yo salga de la hipoteca, pero que es algo que debo hacer yo. Desde el banco me dicen que lo debe hacer ella.
La verdad que es una situación un poco complicada y ya no se a que recurrir, muchas gracias de antemano por su respuesta. Un saludo.