Muchas gracias a los dos, en estos momentos RRHH está "consultando mis datos". Os informaré de su resolución.
Los dias de vacaciones si me lo han confirmado: son diás hábiles no naturales.
Saludos,
JRC
Hola JRC
Comentarte que sí los tienes que cobrar en el finiquito ya que no las has disfrutado y que por 6 meses de contrato corresponden 15 días de vacaciones, no 10'5.
Un Saludo
El estatuto de los trabajadores en sus articulos 35 y 38 establece el derecho de los trabajadores a disfrutar de vacaciones, este es un derecho irrenunciable e indisponible y no es sustituible por compensacion econominca. A su vez este derecho corresponde una obligacion para el empresario el cual esta obligado a condeder esas vacaciones dentro del año. Los tribunales han admitido la posibilidad de que el empresario unilateralmente pueda excluir del periodo vacacional aquel que coincida con el de mayor actividad productiva.
Si bien, hay una excepcion a la regla anterior, solo cabe su compensacion economica cuando el contrato de trabajo de extinga antes de fijar fecha. Aqui se genera un derecho a compensacion economica proporcional a la duracion de la prestacion de los servicios.
Hola,
Mañana es mi último dia por contrato eventual "circunstancias de la producción". Se me ha ofrecido la renovación pero voy a rechazarla porque he encontrado otra oportunidad de empleo que considero mejor para mi.
La duda es que no he disfrutado de ninguno de los 10.5 dias de vacaciones que por los 6 meses del contrato disponia, pues por "la punta de trabajo" no se podia prescindir de mi. De palabra siempre se me ha dicho que llegado el caso, junto al finiquito, se me retribuirian estas vacaciones.
La pregunta es fácil ¿he sido un ingenúo? ¿He trabajado 10 dias "gratis"? o por el contrario deben pagarme estas vacaciones que no he podido disfrutar.
Muchas gracias.