Buenas tardes tengo una gran duda para nota. Estamos ante un contrato de alquiler de local anterior a 1965 (no se la fecha ni existe el documento) que es cuando se compra el inmueble ya con inquilino. En el 67 su viuda (subrogada) lo traspasa y el nuevo inquilino vuelve a traspasarlo finalmente en 2001. Así las cosas ¿el 21-12-2014 se extinguiría definitivamente el contrato o solo la renta antigua y debería fijarse una nueva cantidad pero persistiendo el contrato? Entiendo que debería ser la primera opción pero la ley me deja lagunas en ese aspecto. Gracias