Hola toctoctoc. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato, la documentación relacionada con el mismo y tener muchos más datos. Por ello le aconsejo que acudan a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendameintos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que aporten, resolverá todas sus dudas.
Mis dos hermanos y yo hemos heredado un piso de un familiar con un contrato de arrendamiento hecho en 1992 de 80 años de duración, es decir hasta el 2072.Resulta que es un piso de 175 m2 en el centro de Sabadell.Este contrato tiene una cláusula que es la siguiente:
"Convienen las partes que una vez transcurridos los 5 primeros años de duración del contrato, sí la vivienda se enajenara a terceras personas, se extinguirá el presente contrato de arrendamiento."
¿Quiere esta cláusula decir que como la vivienda se ha enajenanado(transmitido) por herencia , mis hermanos y yo estamos facultados para rescindir el contrato de arrendamiento???
PD:
Los actuales inquilinos de este piso son una acaudalada familia que tiene segundas residencias y otras propiedades,con esto quiero decir que mis hermanos y yo no nos dedicamos a echar pobres inquilinos de sus casas.Estan pagando una miseria, y mis hermanos y yo estamos hipotecados hasta las cejas o pagando alquileres.