Hola mi madre es la arrendataria de un local de negocio con contrato de 1981, y se jubila el día 30 de este mes. Yo como hijo me puedo subrogar hasta enero de 2015 por lo que tengo entendido, pero todavía no tengo claro si hacerlo. Me gustaría saber con qué plazo debemos notificar al arrendador que queremos extinguir el contrato de arrendamiento por jubilación. Gracias
Mayusculas por ceguera. Te aconsejo hablar con los dueños si te interesa el negocio y hacer una cb tu madre y tu. Ponerte ati de administrador y renovar contrato por 10 años. Eso si tu quieres seguir con el negocio. Los arrendadores te daran besos y que no pacten subida de renta
Buenas hudges,
Negocia con ellos dile que tu madre piensa en jubilarse y que tu estas interesado en subrogarte puedes sacar algo.Lo de la comunidad de bienes no seria viable ya que seria una sociedad civil...(JURIDICA)...desde mi punto de vista claro seria un contrato nuevo...en fin suerte y consulta a un abogado igual podeis sacar algo como he dicho antes
Circe no es mala idea negociar. Pero si le dan viabilidad la cb es igual que una sl o sa. Hazle caso a circe ve de farol y acongojalos, no tienes que llevar abogado . Solo necesitas una respuesta si o no te subrogan o no. Y lo construir con lo que sta cayendo????? lodo, vete al ayuntamiento y mira si tiene solicitadas licenciasla promotora.