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Extinción condominio con novación de hipoteca

2 Comentarios
 
Extinción condominio con novación de hipoteca
18/01/2024 14:16
Hola,

Me compré un piso con mi ex pareja, hace casi un año se acabó la relación y quiero salir de esa hipoteca y hacer la extinción del condominio para que todo se lo quede el, pero todo son excusas y más excusas, el pagó la entrada, el me dio el dinero que yo pague de piso y hasta el día de hoy él está pagando la hipoteca.
Yo obviamente no quiero nada de dinero, sólo que me saque de la hipoteca y ahí poder hacer la extinción del condominio todo en la misma firma, pero él me dice que haga la extinción y que más adelante ya cambiará la hipoteca, cosa que no me fio.

A ver si podéis aconsejarme que puedo hacer ya que si me quiero mirar un piso, no voy a poder al tener esa hipoteca (con mis ingresos denegarian una segunda hipoteca), además quiero estar tranquila y quitarme todo vínculo con el.
18/01/2024 16:17
Tienen que dirigirse al propietario del dinero, es decir, al banco. Fuera de esta posibilidad, usted seguirá siendo deudora hipotecaria. Si no cuenta con la colaboración de su expareja, no puede hacer una extinción de condominio tal y como la está enfocando (notaría), sino una disolución judicial; pero si no da permiso el banco, se quedará usted de deudora hasta que se pague el último céntimo de la hipoteca.
21/01/2024 10:42
Mimim
Perfecto lo que le han dicho. Y tambien comparto con usted el no aceptar el planteamiento de su ex, ya que se encontraría sin piso pero con deuda.
Le aconsejaría que, en primer lugar hable con el Banco y plantee la posibilidad de un solo deudor hipotecario, ya que probablemente ese sea el problema. Que el Banco no lo acepte, porque la solvencia de su ex no sea suficiente.
En el supuesto de que el Banco vea viable el que solo haya un deudor, plantee a su ex la situación real. Que usted, según escrituras consta como propietaria del 50% de la vivienda. Vivienda que está pagando él en exclusiva, y que el dia de mañana solo será dueño del 50% aunque haya pagado el 100% ¿que puede reclamarle a usted el 50% de las cantidades pagadas? si, por supuesto, pero solo eso. Es decir, si la vivienda se ha revalorizado, pongamos.. un 20%, la mitad de ese beneficio sería para usted, ya que él solo podría reclamar las cantidades abonadas, no la revalorización del inmueble, por lo que estaría literalmente... trabajando para usted en perjuicio suyo.