No quisiera reproducir aquí la totalidad del texto del anexo por cuestiones de privacidad, pero sí les transcribo aquí los fragmentos que me suscitan dudas:
...
EXPONEN
...
2. que es intención de las citadas partes, llevar a cabo la prórroga de dicha contrato de arrendamiento, con las mismas condiciones, establecidas en las cláusulas del mismo y en la normativa aplicable.
ACUERDAN
Prorrogar el citado contrato de arrendamiento, hasta fecha.
firma de arrendador
firma de arrendatario
Mi duda respecto a este escrito es que en mi contrato de arrendamiento hay una cláusula nula exigiendo un indemnización equivalente a todas las rentas que restaren hasta el cumplimiento absoluto del contrato en caso de desistimiento. Sé que si desistiera no tendría que pagar nada al tenerse por no puesta o, como mucho, la indemnización máxima prevista en art. 11 LAU, pero me preocupa que al suscribir este acuerdo pueda estar expresando aceptación de todas las cláusulas, incluyendo las nulas, fuera del amparo del art. 6 LAU.
Suscirbo la postura de Leonjbr, pero recomiendo al consultante que antes de firmar transcriba aquí el texto del anexo para que podamos echarle un vistazo,
En realidad firmar ese papel no sirve para nada. No tiene efectos, de modo que si quiere fírmelo y evite problemas inútiles con el casero.
Otra cosa sería que, con firma o sin ella, el casero le denegara el derecho a prórroga. Eso sí que sería ilegal y podría oponerse.
Pero si se trata simplemente de una "manía" del casero, firme y quítese de discusiones estériles.
Efectivamente, se trata de un contrato de vivienda; en el texto se especifica explícitamente que la vivienda será destinada al uso exclusivo de vivienda del arrendatario, y en cuanto a la duración, se establece que se concierta el arrendamiento por el plazo de un año.
Respecto a la prórroga obligatoria, el arrendador insiste en que firme un documento de prórroga, en el que se viene a decir que se lleva a cabo la prórroga del contrato hasta la fecha X con las mismas condiciones. Si en el contrato que firmé originalmente hay más cláusulas nulas, ¿me afecta de alguna manera que firme este documento de prórroga?
Habría que leer el contrato para estar totalmente seguros, pero supongo que su contrato no es de temporada sino de vivienda habitual.
Si estoy en lo cierto las respuesta son las siguientes:
1.- Si. Es nula de pleno derecho.
2.- Automática para el casero potestativa para usted. Usted puede cortar la prórroga preavisando 30 días antes del final de la misma. Pero si usted quiere seguir el segundo año y no comunica nada el casero tiene la obligación de dejarle en la vivienda hasta que hayan pasado al menos 5 años desde el inicio del arrendamiento.
En mi contrato de arrendamiento, que tiene una duración de un año, se establece que cuando concluya el año el contrato quedará extinguido de pleno derecho si ninguna de las partes comunica a la otra su voluntad de prorrogar el contrato al menos 30 días antes de su finalización. ¿Es nula esta cláusula? ¿Perdería como arrendatario el derecho a prórroga obligatoria si no comunico nada a mi arrendador?
Por otra parte, en el caso de que quisiera acogerme a la prórroga obligatoria, ¿la prórroga es automática o debe suscribirse un documento de prórroga?