Me gustaria saber si alguien me puede ayudar. Yo soy española y mi novio uruguayo, lo han expulsado por 3 años cuando intentaba entrar por barajas. La abogada ha presentado un recurso por el tema de "tierra de nadie" al parecer la expulsion se produjo alli. Me gustaria saber de algun caso parecido, si alguien me puede contar su historia y ayudarnos en algo. Muchas gracias.
soy española de tenerife y a mi novio lo expulsaron de españa en el 2009 luego vine pa buenos aires argentina para estar con el estoy viviendo una bonita experiencia en argentina me case con el por registro civil me pregunta es que debemos hacer para que el pueda volver para españa cuando decidamos volver pa ver a mi familia les agradecere en cantidad alguna respuesta de ustedes
Hola. No indicas el motivo de la expulsión de tu novio, porque normalmente las expulsiones tienen lugar cuando ha habido infracciones graves o muy graves, tipificadas como tales en la Ley de Extranjería o cuando se ha cometido un delito, hay proceso penal y el juez determina, según el tipo de delito, como pena la expulsión de España en lugar del ingreso en prisión.
Los uruguayos no necesitan visado para entrar en España, les basta tener el pasaporte en vigor con un mínimo de seis meses de validez posteriores a la entrada en Espala. Por lo que por ahí no podría haber motivo de denegación de entrada y devolución
No aclaras si lo han expulsado o simplemente le han denegado la entrada y ordenado su devolución al lugar de origen, las dos son situaciones diferentes: la expulsión es una sanción en virtud de una infracción cometida, que requiere un procedimiento administrativo previo y presupone que el sujeto extranjero se encuentra dentro de territorio español (no se puede expulsar a alguien que está fuera, porque es absurdo); la denegación de entrada es un acto discrecional del agente que controla los pasaportes y para el cual no es necesario procedimiento administrativo alguno, basta con que a juicio del agente de control migratorio el propósito de la entrada en el país del extranjero extracomunitario no sea el realmente declarado o si se le solicita que exhiba medios económicos, no es capaz de acreditar la disponibilidad actual o posibilidad de obtener la cantidad exigida como mínimo por el Ministerio del Interior por día que pretenda permanecer en España, también en los casos en que ya ha sido expulsado y pretenda ingresar mientras esté vigente la expulsión; en estos casos no hay cruce de frontera y por tanto no se puede hablar de expulsión, sino de simple denegación de entrada y orden de devolución al punto de origen, pasando el extranjero extracomunitario a estar a cargo de la aerolínea que lo transportó hasta que pueda tener lugar la devolución, para esto, la persona permanece en la zona de tránsito del aeropuerto, de la cual le está terminantemente prohibido salir, salvo que la devolución no pudiera llevarse a cabo en el plazo de 72 horas, en cuyo caso la persona deberá ser internada en un centro destinado al efecto. Toda devolución lleva consigo la prohibición de volver a España en el plazo de 3 años, es probable que este sea el caso de tu novio.
SOLUCIONES POSIBLES:
A) Que solicite asilo político: es posible que lo haga, el problema es el motivo a alegar, pues procede de un país con estabilidad política y económica y sin tensiones sociales que generen conflicto generalizado, por lo que es difícil alegar un motivo para ello. Yo he estado en Uruguay y la calidad de vida de la población es análoga a la media de cualquier país europeo, a pesar de las deficiencias que pudiera haber, es uno de los países más estables de América Latina.
B) Cásate con él, pero tendrías que hacerlo ya en su país si es que no le conceden el recurso que ha presentado la abogada. Con el matrimonio, tendrá derecho a solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea. Puedes casarte según las leyes uruguayas y luego solicitar la inscripción de ese matrimonio en el Registro Civil Consular, en Montevideo, para que sea a la vez remitido al Registro Civil Central, a Madrid.
PARA AYATIMA:
Si ya te casaste, ve con el acta de matrimonio civil, debidamente apostillada con la Apostilla de La Haya al consulado de España de la localidad donde vivas en Argentina o a la Sección Consular de la Embajada de España en Buenos Aires, para que solicites la inscripción de ese matrimonio celebrado en el extranjero y según leyes extranjeras en el correspondiente Registro Civil Consular, para que a la vez sea remitido a Madrid para su inscripción en el Registro Civil Central (los matrimonios de españoles celebrados en el extranjero ante autoridades extranjeras deben llevar a cabo este procedimiento, para que su matrimonio sea reconocido en España).
Luego, con ese matrimonio ya inscrito y reconocido en España, puede él tramitar un visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea, pues por el hecho del matrimonio contigo pasa a estar cobijado por el régimen comunitario y por tanto tiene derecho a solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, que podría hacerlo directamente aquí, ya que al ser argentino no necesita visado para entrar en España, pero como en su caso ha sido sancionado con la expulsión de España, tiene que pedir el visado para poder entrar. Deberías empezar por inscribir tu matrimonio celebrado según leyes argentinas en el consulado español.