Me gustaria saber si alguien me puede ayudar. Yo soy española y mi novio uruguayo, lo han expulsado por 3 años cuando intentaba entrar por barajas. La abogada ha presentado un recurso por el tema de "tierra de nadie" al parecer la expulsion se produjo alli. Me gustaria saber de algun caso parecido, si alguien me puede contar su historia y ayudarnos en algo. Muchas gracias.
soy española de tenerife y a mi novio lo expulsaron de españa en el 2009 luego vine pa buenos aires argentina para estar con el estoy viviendo una bonita experiencia en argentina me case con el por registro civil me pregunta es que debemos hacer para que el pueda volver para españa cuando decidamos volver pa ver a mi familia les agradecere en cantidad alguna respuesta de ustedes
Hola. No indicas el motivo de la expulsión de tu novio, porque normalmente las expulsiones tienen lugar cuando ha habido infracciones graves o muy graves, tipificadas como tales en la Ley de Extranjería o cuando se ha cometido un delito, hay proceso penal y el juez determina, según el tipo de delito, como pena la expulsión de España en lugar del ingreso en prisión.
Los uruguayos no necesitan visado para entrar en España, les basta tener el pasaporte en vigor con un mínimo de seis meses de validez posteriores a la entrada en Espala. Por lo que por ahí no podría haber motivo de denegación de entrada y devolución
No aclaras si lo han expulsado o simplemente le han denegado la entrada y ordenado su devolución al lugar de origen, las dos son situaciones diferentes: la expulsión es una sanción en virtud de una infracción cometida, que requiere un procedimiento administrativo previo y presupone que el sujeto extranjero se encuentra dentro de territorio español (no se puede expulsar a alguien que está fuera, porque es absurdo); la denegación de entrada es un acto discrecional del agente que controla los pasaportes y para el cual no es necesario procedimiento administrativo alguno, basta con que a juicio del agente de control migratorio el propósito de la entrada en el país del extranjero extracomunitario no sea el realmente declarado o si se le solicita que exhiba medios económicos, no es capaz de acreditar la disponibilidad actual o posibilidad de obtener la cantidad exigida como mínimo por el Ministerio del Interior por día que pretenda permanecer en España, también en los casos en que ya ha sido expulsado y pretenda ingresar mientras esté vigente la expulsión; en estos casos no hay cruce de frontera y por tanto no se puede hablar de expulsión, sino de simple denegación de entrada y orden de devolución al punto de origen, pasando el extranjero extracomunitario a estar a cargo de la aerolínea que lo transportó hasta que pueda tener lugar la devolución, para esto, la persona permanece en la zona de tránsito del aeropuerto, de la cual le está terminantemente prohibido salir, salvo que la devolución no pudiera llevarse a cabo en el plazo de 72 horas, en cuyo caso la persona deberá ser internada en un centro destinado al efecto. Toda devolución lleva consigo la prohibición de volver a España en el plazo de 3 años, es probable que este sea el caso de tu novio.
SOLUCIONES POSIBLES:
A) Que solicite asilo político: es posible que lo haga, el problema es el motivo a alegar, pues procede de un país con estabilidad política y económica y sin tensiones sociales que generen conflicto generalizado, por lo que es difícil alegar un motivo para ello. Yo he estado en Uruguay y la calidad de vida de la población es análoga a la media de cualquier país europeo, a pesar de las deficiencias que pudiera haber, es uno de los países más estables de América Latina.
B) Cásate con él, pero tendrías que hacerlo ya en su país si es que no le conceden el recurso que ha presentado la abogada. Con el matrimonio, tendrá derecho a solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea. Puedes casarte según las leyes uruguayas y luego solicitar la inscripción de ese matrimonio en el Registro Civil Consular, en Montevideo, para que sea a la vez remitido al Registro Civil Central, a Madrid.
PARA AYATIMA:
Si ya te casaste, ve con el acta de matrimonio civil, debidamente apostillada con la Apostilla de La Haya al consulado de España de la localidad donde vivas en Argentina o a la Sección Consular de la Embajada de España en Buenos Aires, para que solicites la inscripción de ese matrimonio celebrado en el extranjero y según leyes extranjeras en el correspondiente Registro Civil Consular, para que a la vez sea remitido a Madrid para su inscripción en el Registro Civil Central (los matrimonios de españoles celebrados en el extranjero ante autoridades extranjeras deben llevar a cabo este procedimiento, para que su matrimonio sea reconocido en España).
Luego, con ese matrimonio ya inscrito y reconocido en España, puede él tramitar un visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea, pues por el hecho del matrimonio contigo pasa a estar cobijado por el régimen comunitario y por tanto tiene derecho a solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, que podría hacerlo directamente aquí, ya que al ser argentino no necesita visado para entrar en España, pero como en su caso ha sido sancionado con la expulsión de España, tiene que pedir el visado para poder entrar. Deberías empezar por inscribir tu matrimonio celebrado según leyes argentinas en el consulado español.
Hola buenas días os comento mi caso si alguien me pudiera ayudar lo agradecería si me pudieran orientar yo he nacido en España no pude pedir la nacionalidad por que al nacer en España no te la otorgan cojes la nacionalidad de los padres claro al caso, yo un día fui detenido mi nie estaba en vigor mi pasaporte apunto de caducarse claro la policía nacional me habría un expediente de espulsion administrativa hasta aquí todo correcto firmo aunque no estaba de acuerdo pero tenía que firmar si no el procedimiento se iba a hacer igual caso cumplo mi condena que son 2 años y un 1 dia salgo a los 11 meses, cojo cita para renovar el nie todo bien por ahora llego a la toma de huellas y me detienen, luego me retiran mi nie según ellos lo confiscan y lo rompen al estar caducado y que esté nie de larga duración no lo voy a volver a ver, me dejan en el calabozo 3 días por que les salía que tenía una orden de expulsión activa, que el juicio lo tenía pendiente al aver salido antes de tiempo 3 meses después en lo contencioso de Madrid me llevan al juzgado de guardia que había en ese momento le explico todo a la señoría me deje en libertad inmediata ya que la policía me quería llevar a aluche lo que es el Cíes pero no les salió la jugada, pasan los 3 meses y al fin llega el juicio en lo contencioso de Madrid me presento todo muy bien el abogado del estado no se opone al ver que llevo toda mi vida aquí he nacido aquí estudiado mi arraigo mi madre española la resolución sale a mi favor ganó el juicio no me pueden expulsar por qué he nacido en España tengo residencia de larga duración tengo domicilio ect mi pregunta a todo esto esto sucedió en el 2023 a día de hoy 30 de enero de 2025 sigo indocumentado aún teniendo la resolución del juzgado de lo contencioso administrativo mi favor luego un día cojo cita fui a la toma de huellas con la resolución en mi mano por si las moscas llego me siento pago 2 veces las tasas y me dicen lo siento no podemos hacerte las huellas por qué no nos sale la tramitación en el ordenador cojo me voy claramente vuelvo a llamar al juzgado para que me den una solución se lavan las manos y a día de hoy no tengo ningún papel habiendo estado toda mi vida en España y nacido en España es como si fuera que hubiese venido ayer en patera si alguien me pudiese orientar se lo agradecería mucho por que esto no se lo deseo a nadie gracias y espero vuestra respuesta gracias