Gracias Francisco.
Lo que pasa es que la ley del suelo la cambió Zapatero, de modo que ahora es legal pagar a valor de rústico aquello que se va a urbanizar. Pero como es absolutamente injusto (en algunos casos te dan una cifra parecida a lo que pagas de IBI, repito a lo que pagas, no al valor catastral), se espera que los tribunales se separen en esta ley a la hora de resolver los casos sangrantes, que los empieza a haber.
En una expropiación de terrenos en Granada para el Parque de las Ciencias, el Excmo. Ayto pagó los terrenos como rústicos y posteriormente hizo la urbanización, la familia propietaria se fue a juicio y la noticia a salido el año pasado en prensa, en tanto que la valoración había que hacerla como suelo urbano, creo que eso ha sido en el TSJA.
Franciscocordon te agradecería que me dieras noticia de la sentencia de Granada.
Xampee, no te fíes un pelo de lo que te cuentan.
Si no has ido a un abogado experto en expropiaciones te recomiendo que vayas.
Veo cosas mezcladas en tu pregunta que no me cuadran:
Por un lado dices que en la reparcelación tu terreno va a una zona verde. Es decir, ¿ha habido reparcelación?. Eso huele a que antes era suelo urbanizable que pasó a urbano. ¿Cómo te van a haber adjudicado una zona verde?. No es posible.
Por otro lado tenemos una ley promovida por ZP que es absolutamente injusta, y que espero dure poco, para la valoración de las expropiaciones, que pretende pagar por rústico todo aquello que no es solar construible. Es decir, se paga más por una huerta en Villalejos de Arriba que por un urbanizable (antiguo secano cereal) en Barcelona. De todos modos, depende de qué momento vivían tus terrenos cuando la ley entró en vigor, y si todos los plazos urbanísticos estaban cumplidos, y bla bla bla.
La ley es confiscatoria y demencial, pero es la que hay hasta que alguien la eche abajo, y para que te valoren alto el terreno tienes que pelearlo.
Vigila que no se te pasen los plazos para hacer tu tasación, niégate a cualquier valor que te ofrezcan y no te parezca correcto. No te quedes corto en tu tasación, nunca te darán más de lo que pides.
La propiedad privada viene desde el derecho romano, y está en la constitución. No te dejes avasallar.
Además le tienen que valorar eso mediante la Ley del Suelo y Valoraciones del 2007 o 2008, es decir por el método de Capitalización de las Rentas Futuras, o sea como urbano no cómo rústico y ya ha habido alguna Sentencia y una muy sonada en Granada.
Yo no tocaría ni un sólo € hasta que se valore lo que se me pretende expropiar a Justiprecio y nos pongamos de acuerdo en todo.
En cualquier caso y me he tenido que llevar muchos palos: si una información verbal es veraz no hay ningún problema en ponerla por escrito y firmarla por duplicado y a un solo efecto, como se suele decir.
Ayer fui al Ayuntamiento, ya que nos convocaron a todos los propietarios, para recoger los cheques con la cantidad que ya sabeis (segun los mts cada uno cobraba una cantidad). Al preguntar a la administración, esta nos dijo que la cantidad no es la definitiva, que esto era un anticipo para poder ocupar ellos las tierras y así poder empezar las obras, y que la valoración definitiva la sabriamos de aquí unos meses, y que entonces seria hora de recurrir si se estaba de acuerdo con esa cantidad o no. VEREMOS A VER CUAL ES ESA CANTIDAD, RECORDEMOS QUE SE TRATA DE UNA ZONA CALIFICADA COMO URBANA Y NOS LAS ESTAN PAGANDO A 1 € Y PICO EL METRO CUADRADO, YA OS CONTARÉ. MUCHISIMAS GRACIAS POR VUESTRAS RESPUESTAS.
Según la ley de expropiación del 54 la administración requerira´a los propietarios para que en el plazo de 20 días presenten alegaciones a a la valoración. La administración podrá aceptar o rechazar la valoración, si la rechaza se pasará el expediente al jurado provincial de expropiación. No habla en este último caso de ningún plazo
Te preguntaba lo del anterior mensaje en razón de que hay mucha confusion al respecto, el instrumento cualificado para clasificar suelo es el PGOU y según la ley del suelo, solo hay dos clases de suelo, rústico y urbano. Diga lo que diga el catastro.
Con mayor o menor precisión, todas las leyes urbanísticas vienen a dterminar que tiene la condición de suelo urbano:
Los terrenos ya transformados por contar con acceso rodado integrado en la malla urbana y servicios de abastecimiento y evacuación de agua, así como suministro de energía eléctrica, de características adecuadas para servir a la edificación que sobre ellos exista o se haya de construir.
Los terrenos que el plan general incluya en áreas consolidadas por la edificación, al menos, en las dos terceras partes de su superficie edificable, siempre que la parte edificada reúna o vaya a reunir, en ejecución del plan, los requisitos establecidos en el apartado anterior.
Los terrenos que, en ejecución del planeamiento, hayan sido urbanizados de acuerdo con el mismo.
Si consideras que tus terrenos disponen de los servicios anteriormente descritos, sin duda es suelo urbano y rústico si no reune esos requisitos.
Supongo que el valor del suelo rústico dependerá de muchas circunstancias que desconozco y de lo que se esté dispusto a pagar por él.
Si la superficie expropiada fuese superior te aconsejaría que presentaras una hoja de aprecio valorada por un técnico competente, pero siendo la que es te costará mas la salsa que los caracoles.
Hola pac, gracias por tu inerés.
Sí, el suelo está calificado como suelo urbano, de hecho en la escritura está como urbano al igual que la contribución, que pago como suelo urbano,y me estado informando en el ayto y no hay ninguna duda de que es zona ubana.
T cuento:
me vino una carta para que fuera a firmar el ACTA PREVIA A LA OCUPACIÓN, de eso hace una par de meses, y ahora me ha venido otra para CITACION PAGO FASE PREVIA Y LEVANTAIENTO DE ACTA DE OCUPACION DE LAS OBRAS, en la que medicenla cantidad que me van a pagar,como ya dije 495 € por 182 mts2 o sea una ridculez.
De todas formas aunque fuera rústico como tu dices, ¿es normal normal el precio de pago?
GRACIAS POR TU RESPUESTA?
Hola, a versi alguien me puede ayudar.
Soy propietario de na tierra (800 mts2) la cual en la está recalificada como urbana, en la cual pero se va autilizar como zona verde, en por la misma el MOPU me va a expropiar 182 mts2 para hacer una carretera y me han en viado una cara con la que me comunican que los 182 mts2 están valorados en 495 euros. MIs preguntas son las siguientes:
1ª.- Si en la reparcelación he tenido la "suerte" de que en mi terreno vaya una verde, ¿me deberian permutar la parcela?
2ª.- ¿Es normal que me vayan a pagar 495 euros por 182 mts2, siendo una zona urbana?.
espero vuestras respuestas lo mas pronto posible,y si me puduerais decir donde debo de informarme para recurrir, etc......
MUCHISIMAS GRACIAS DE ANTE MANO.