Gracias de nuevo, Mutium. Ahora ya me queda más claro cómo se realizan las valoraciones y por tanto, lo que me sigo preguntando es por qué nuestro abogado nos dijo que como máximo obtendríamos el valor catastral más el 20%. Debemos hablar con él para que nos aclare este tema.
Un saludo.
La capitalización de las rentas reales o potenciales del suelo, en otras palabras sería, el valor del terreno en función de los beneficios que produce o podría producir. Esta valoración normalmente la realizan peritos y sociedades de tasación.
Un saludo.
Muchas gracias por responder, Mutium. La verdad es que dejando aparte las distintas interpretaciones de sus palabras, el trato no fue correcto. El problema es que después de llevar el caso durante varios años, ahora que parece que finalmente el ayuntamiento va a expropiar el terreno, por mi parte ha mermado bastante la confianza en este abogado.
He consultado en internet la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, y en el artículo 26 habla de la valoración del suelo no urbanizable y dice que se realizará por comparación con fincas análogas o ( esta parte es la que no comprendo ) mediante la capitalización de las rentas reales o potenciales del suelo. En caso de no existir fincas análogas, ¿cómo se realiza? ¿No existe algún baremo más ajustado? Gracias.
La respuesta del abodado indicando que busqueis a otro, si así os dijo, no cabe dentro de la buena atención al cliente. Lo que debería informaros es la razón por la cual a él le lleva a decir que como máximo tendreis dicha indemnización en caso de expropiación.
Actualmente el tipo de suelo y valoraciones del mismo está recogido en la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, con diversas modificaciones posteriores.
Algunos porcentajes en las valoraciones se indicaban en las Leyes existentes antes de la que yo he puesto.
Puede que sea interesante que vuestra situación actual la contrasteis con otro profesional.
Suerte.
Mi padre tiene un terreno de 6.800 m2 en plan de expropiación desde el año 1.980 en Castellón. El caso lo está llevando un abogado desde hace varios años y pretendemos que se expropie el terreno (que está calificado como zona verde, aunque la contribución siempre se ha pagado como suelo urbanizable, actualmente 600 euros/año).
En caso de que no se proceda a la expropiación, se pide en el último escrito presentado al ayuntamiento que se recalifique el suelo como urbanizable o industrial y también se pide una indemnización por todos estos años.
El abogado nos dijo que como máximo nos darían el valor catastral ( 80.000 euros ) más un 20% y nos sorprendió mucho ya que terrenos colindantes, calificados como urbanizables se están vendiendo a 120 euros / m2. Tras esto añadió que si pretendíamos obtener más dinero, buscáramos otro abogado. Mi hermano, interpretó esta respuesta como que era imposible obtener una cantidad mayor y yo lo interpreté como que no estaba dispuesto a enfrentarse al ayuntamiento para conseguir más dinero.
Mi pregunta es si hay alguna referencia (un porcentaje sobre el valor catastral, una tasación... ) para saber si lo que nos ofrecen es justo o por el contrario deberíamos exigir una cantidad más elevada. Muchas gracias.