esta mañana he estado por primera vez en juicio de faltas y me ha sorprendido negativamente que se exponga publicamente sobre la puerta de la sala de juicios un listado con los juicios señalados indicando no solo los nombres de los que teniamos juicio sino ademas el tipo de juicio.
no he querido porfiar en ese momento con el agente judicial pero no creo que sea muy correcto que se expongan publicamente el tipo de juicio al que acudes .obviamente todos los que estan esperando a juicio se enteran de tu nombre cuando eres llamado por el funcionario pero ninguno de los que estan esperando a entrar en la sala de juicios tienen que saber de que se te acusa por lo que entiendo que se me vulnera el derecho a la intimidad y al honor al hacerse publico mediante ese listado colgado en la puerta de la sala de juicios.
¿ hizo lo correcto el funcionario o se mereceria como minimo una queja ante sus superiores?
¿ puede haber cometido ese funcionario una infraccion penal por dar datos muy personales ?
Lo que hizo el funcionario es la práctica habitual del día a día en los juzgados, por lo menos los que yo frecuento. Ten en cuenta que los juicios son públicos y a ellos puede entrar cualquiera. Partiendo de esa base, no creo que se haya vulnerado ningún derecho fundamental
Supongo que los datos "íntimos" a los que te refieres son tu nombre, apellidos y el tipo de juicio de faltas.
La gente se queda de piedra cuando se entera de que los juicios son publicos. Yo voy a juicios como oyente para preparame casos y a veces me miran con una cara... Igual que las sentencias que no se recogen y terminan en los Boletines Oficiales, donde las puede encontrar cualquiera metiendo el nombre en Google. La gente no lo sabe.
Que honor ni que rayos, el único que destroza su "honor" eres tú cometiendo infracciones criminales, por las que además, consta (por tus preguntas) que has sido condenado en otras ocasiones.
Sería un poco como cuando estás en el hospital, en la puerta de ginecología esperando y sale una enfermera y dice tú nombre para que pases.... Más o menos todos/as los que estamos allí intuimos para qué vamos.
para lola23
estas en la sala de espera de ginecologia y en la puerta de la consulta hay colgado un listado con las pacientes citadas ese dia,sus nombres y el motivo de la consulta . tu por curiosidad has visto el listado y ves que aparece junto a tu nombre el que vas alli porque estas embarazada y vas para un simple chequeo rutinario del embarazo: todo va bien.
pero en ese listado aparece que fulanita va a alli para recoger unos analisis que confirmen si padece un cancer de ovarios.otra es para hacerse unas pruebas de posible enfermedad venerea y otra porque se trata de incontinencia urinaria..
sale la enfermera y dice doña fulana de tal y todo los presentes que hayan echado un vistazo sabran para que está alli cada una.
ciertamente a ti no te importará decir en la sala de espera para que vas pero a la chica o sra que está a tu lado tal vez si le importe.las demas sabran que está alli evidentemente por algo ginecologico pero como la ginecologia es amplia, que cada uno haga las cabalas que quiera.ella tiene derecho a ocultar lo que estime que pertenece a su intimidad.
esto lo digo como tu,para ponerle una nota de humor
para alcanta
la gente se queda de piedra y te miran con una cara de asombro precisamente porque extraña que una persona sea tan cotilla como para escuchar lo que solo le importa a los litigantes.
para rabula
de las dos preguntas que hago en el mensaje deduces que he sido condenado en varias ocasiones.
por curiosidad
¿ lo deduces por preguntar si hizo lo correcto o esa deduccion es por haber preguntado si el funcionario cometió infraccion penal ?
delinque el que comete delito y no el que comete falta.
y digo el que comete delito y no el que es condenado por delito que es no es lo mismo.
lo de deja de delinquir lo tomo como que lo dices de cachondeo.¿no?
no basta con decir que está regulado en las leyes procesales si no se dice en que ley y que articulo de esa ley regula lo de la exposicion publica que se hace de los juicios.
diciendo la fuente de tus conocimientos queda mas profesional,queda mas irrefutable lo que dices.
niingun articulo de ninguna ley dice que se expondran publicamente un listado con los datos de los litigantes y el tipo de juicio y el motivo que sustanta lo que diga es que he buscado y rebuscado y nada encontré sobre ese asunto.
por ultimo, el juicio publico no surgió como una garantia procesal sino como un escarnio añadido para el denunciado para que ademas de pasar la verguenza ante el denunciante pasara verguenza ante sus vecinos.
en estos tiempos deberia de sobrar el escarnio publico.
rabula, ya que me has visto los antecedentes voy dedicar unos minutillos a buscar los tuyos.
Artículo 138. LEC. Publicidad de las actuaciones orales.
1. Las actuaciones de prueba, las vistas y las comparecencias cuyo objeto sea oír a las partes antes de dictar una resolución se practicarán en audiencia pública.
Efectivamente al publicidad de las actuaciones es una garantía y no se buscaba el escarnio público, o al menos no de forma directa o expresa.