Gracias por contestar. He vuelto a poner otro mensaje porque el que "encontró" el barco ahora quiere compensación por "hallazgo", (1/3 del valor del barco, o sea un pico). Yo entiendo que el "hallazgo" no se aplica a barcos en puerto, pero tampoco por "hallazgo" encuentro nada de nada. Yo utilizo Tirantonline que normalmente me ayuda, y Google para casos desesperados. Nada de nada. Gracias por aclarar lo del TMC.
Seguiremos buscando... cualquier ayuda sería de lo más agradecida. Aquí hay gato encerrado y este tío no puede salirse con la suya.
Bueno, la verdad es q jurisprudencia del TMC no existe pq no tiene potestad para ello. El TMC dicta resoluciones recurribles en vía contencioso administrativa, (en virtud de la Disposición Final 3ª) por lo q si quiere conocer la jurisprudencia en la materia deberá buscar en la jurisprudencia de Sala de lo Contencioso Administrativo q corresponda o/y en la de la Sala 3ª. Saludos¡