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expertos en derecho concursal

21 Comentarios
Viendo 21 - 21 de 21 comentarios
22/07/2008 12:20
1- Es indispensable comunicar el crédito BIEN porque si no, a efectos prácticos, ese crédito no existe y; quedas a merced de la buena voluntad (si tienen) del deudor y del juez.

2- A partir de ahora, todo debe ser autorizado por el juez mercantil.

3- Todas las cuestiones se dirimen como "incidentes" (en realidad son "demandas") ante el juez mercantil.

4- Estudia primero si es un crédito "de" la masa o "contra" la masa y; después estudia cómo justificar su cuantificación.

Expertos en derecho concursal
22/07/2008 02:40
Una conocida promotora ha iniciado un procedimiento concursal.

Las viviendas de los compradores se encuentran en un estado muy avanzado y casi ha finalizado la obra.

El problema viene porque además del retraso en la entrega de las viviendas por el p concursal las viviendas de renta libre tienen unas calidades infimas respecto a la memoria de calidades y los compradores quieren instar la resolución del contrato.

En procedimiento concursal se encuentra actualmente en la fase en que ha sido dictado auto admitiendo el concurso y dentro del plazo del art- 85 (30 días ) para la comunicación de los créditos.

Mis preguntas son varias:

1-¿Como se articularía el concurso y la resolución del contrato?.

Me explico: Si comunican el crédito (Art 85) les podía perjudicar a la hora de instar la resolución?o es indispensable comunciarlo para ponerse "a la cola"

2- Entiendo que la entrega de las viviendas se puede producir bien por acuerdo extrajudicial bien porque el juez concursal así lo autorice (corregirme si estoy equivocado)

Pues bien que pasaría si los compradores se niegan a formalizar la escritura pública?

3- Aun en el caso de entrega de las viviendas si se insta después un proceso civil respecto al retraso en el entrega y las deificientes calidades sería este viable?
4- Y por ultimo como calificariais el credito?

En definitiva se trata de articular el procedimiento concursal sin perder sus derechos con la reslución de contrato o en su caso con el cumplimiento con indemnziación de daños y perjucios originados por el retraso y las diferentes calidades utilizadas.

Gracias y perdonar por un mensaje tan largo.