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experiencia como demandante

5 Comentarios
 
Experiencia como demandante
14/06/2010 17:42
En verbal por menos de 900 euros, he vivido las dos experiencia, como demandante:
Que el juez admita todos los documentos en la vista, y la contraria que no admita ninguno en ese momento.

Y luego, son 150.000 ptas, traducidas, ó 900 euros ?

¿Demanda sucinta , quiere decir sucinta, mas todos los documentos, y sin explicacion alguna?

¿ Rellenar un impreso, mas todos los documetos, sin explicacion ?

¿ El demandante ha de entregar todo antes y para conocimiento del demandado, y no a la inversa ?

¿ Los jueces lo tienen claro, qué entienden ?

Artículo 437. Forma de la demanda.
1. El juicio verbal principiará mediante demanda sucinta, en la que se consignarán los datos y circunstancias de identificación del actor y del demandado y el domicilio o los domicilios en que pueden ser citados, y se fijará con claridad y precisión lo que se pida.



http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l2t3.html#a437
2. En los juicios verbales en que se reclame una cantidad que no exceda de 150.000 pesetas, el demandante podrá formular su demanda cumplimentando unos impresos normalizados que, a tal efecto, se hallaran a su disposición en el tribunal correspondiente.

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/lec/l2t3.htm
2. En los juicios verbales en que se reclame una cantidad que no exceda de 900 euros, el demandante podrá formular su demanda cumplimentando unos impresos normalizados que, a tal efecto, se hallarán a su disposición en el tribunal correspondiente.


Artículo 265. Documentos y otros escritos y objetos relativos al fondo del asunto.

1. A toda demanda o contestación habrán de acompañarse:

Los documentos en que las partes funden su derecho a la tutela judicial que pretenden....



4. En los juicios verbales, el demandado aportará los documentos, medios, instrumentos, dictámenes e informes a que se refiere el apartado 1 en el acto de la vista.
14/06/2010 19:51
En los juicios verbales, cuya cuantía no exceda de 900 euros, no es necesaria intervención de abogado ni procurador. Puedes optar por confeccionar la demanda rellenando un impreso que te facilitarán en los Juzgados, o bien redactarla, digamos "más profesionalmente" PERO SIEMPRE TIENES QUE INDICAR CON CLARIDAD EL MOTIVO DE TU DEMANDA Y APORTAR LOS DOCUMENTOS DE QUE INTENTES VALERTE, porque de lo contrario es posible que el juez no te admita en la vista del juicio aportar esas pruebas y no consigas vencer. Los documentos han de ser originales (quédate fotocopia de todo); cuando finalice el procedimiento, puedes pedir te los devuelvan. Además, tienen que indicar tus datos (domicilio, teléfono, DNI) y los del demandado, e indicar la cantidad que pides.

Tienes razón: el demandado aportará los documentos y demás pruebas en la vista del juicio, pero quien interpone la demanda es el DEMANDANTE y tiene que aportarlas junto a la demanda.
14/06/2010 22:40
O sea que aqui hay queestar al gusto del juez. La ley no es la misma para todos.
O hay otras leyes para el caso distintas de LEC ?

Y por otro lado : ¿ QUE SIGNIFICA ESTO?
....ratificación de los expuestos en la demanda si ésta se hubiera formulado conforme a lo previsto para el juicio ordinario.

Artículo 440. Admisión y traslado de la demanda sucinta y citación para vista.


....y se advertirá a los litigantes que han de concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse,


Artículo 443. Desarrollo de la vista.

1. La vista comenzará con exposición por el demandante de los fundamentos de lo que pida o ratificación de los expuestos en la demanda si ésta se hubiera formulado conforme a lo previsto para el juicio ordinario.
15/06/2010 17:08
Creo te estás embarullando tú solo. Es más sencillo de lo que puede parecer. La ley es una sola para todos, otra cosa es la interpretación que el juez haga de cada caso. Mi consejo es que pongas por escrito todos los hechos lo más detallados posible, y adjuntando sus documentos, porque luego, en la vista del juicio, puede pasar que te pongas nervioso y no hagas una adecuada exposición de tu pretensión. Con respecto a lo que dices sobre las pruebas, a la demanda se adjuntan las pruebas relativas a documentos, pero en la vista del juicio puedes acudir con otras pruebas (testigos, etc.).
Si me dices de qué va el asunto, tal vez te pueda orientar con más detalle.
15/06/2010 17:27
Ya sé que las leyes con las mismas.
Me refiero que la interpretacion deberia ser al menos similar.

El asunto está en qué conviene poner o no en el escrito, y el problema viene por la variable "juez".

Uno que tuve, puse la idea esquematicamente pensando que luego podia ampliar, como alguien me habia dicho, y resultó que ya no me dejó hablar.

Asi dictó sentencia sin haberse enterado.


Concretamente, ¿cómo está previsto para el ordinario?

"...si ésta se hubiera formulado conforme a lo previsto para el juicio ordinario. "
16/06/2010 16:43
Los hechos en los que se basa la reclamación conviene detallarlos y adjuntar las pruebas pertinentes (documentos), y ese detalle lo puedes hacer igual en el impreso que facilitan en los juzgados que si realizas la demanda conforme al juicio ordinario (con la salvedad de la limitación de espacio que tienes en los impresos, y que si no tienes unos mínimos conocimientos de Derecho, el modelo para juicio ordinario te puede salir mal. Insisto, no es tan complicado. Sólo indicar tus datos completos, los del demandado y relatar en lo que basas tu petición (si es reclamación de cantidad, poner con claridad dicha cantidad -mejor en letras-, y adjuntar los documentos. Otra cosa, el juzgado donde presentes la demanda ha de ser el de la ciudad del domicilio del demandado.